Módulo 1: Impuestos.
U.D. 9: Impuesto sobre el Valor Añadido Impuesto sobre las Primas de Seguros.
Sección:
RESUMEN
Están sujetas al impuesto las siguientes operaciones:
- De seguro directo de vida.
- De seguro directo distinto del seguro de vida.
- De reaseguro.
- De capitalización basadas en la técnica actuarial que consistan en obtener compromisos determinados, en cuanto a su duración y a su importe, a cambio de desembolsos únicos o periódicos.
Las operaciones, enumeradas en el apartado anterior, han de ser concertadas con entidades aseguradoras que operen en España, se incluyen las operaciones concertadas con entidades aseguradoras domiciliadas en países miembros de la UE distintos de España que operen en régimen de libre prestación de servicios.
Las operaciones sujetas, deben ser realizadas en el territorio español que comprende:
- La península.
- Las Islas Baleares y Canarias.
- Ceuta y Melilla.
- El mar territorial hasta el límite de las doce millas.
- El espacio aéreo que corresponde a dicho territorio.