Módulo 1: EL EMPRESARIO
U.D. 15: La Sociedad Anónima: nociones Fundamentales
Sección: 1
INTRODUCCIÓN
La normativa española no contiene un concepto de sociedad anónima La Ley de Sociedades de Capital se limita a enumerar cuales serán los requisitos esenciales de toda sociedad anónima en base a lo que se establece en el artículo 1.3 del citado texto legal, que reza así:
"En la sociedad anónima el capital, que estará dividido en acciones, se integrará por las aportaciones de los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales."
En consecuencia sus rasgos característicos son los siguientes:
a. Tener el capital dividido en acciones.
b. Que el capital se forme o integre necesariamente por las aportaciones de los socios.
c. Que los socios no respondan personalmente de las deudas sociales.