Módulo 1: EL EMPRESARIO
U.D. 14: La sociedad comandita
Sección: 1
INTRODUCCIÓN
En la presente Unidad estudiaremos la Sociedad Comanditaria simple que en la normativa se regula como una subespecie de la sociedad colectiva (que hemos analizado en la anterior unidad), de la cual se diferencia por la existencia de dos clases de socios: los colectivos (que desempeñan exclusivamente las funciones de dirección y gestión de la sociedad y responden ilimitadamente de las deudas sociales) y los socios comanditarios que, no realizando la gestión social, responden frente a terceros de dichas obligaciones en forma limitada, hasta una cantidad predeterminada, que coincide con la cifra de su aportación a la sociedad.
Según Garrigues, esta sociedad se puede definir como la sociedad personalista dedicada en nombre colectivo y con responsabilidad limitada para unos socios e ilimitada para otros a la explotación de una industria mercantil.
Asimismo, también analizaremos la Sociedad Comanditaria por acciones, que se diferencia de la comanditaria simple por un rasgo esencial: todos los socios (no sólo, los comanditarios) tienen incorporada su participación en el capital a acciones, tal como las define y regula el propio Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital