Módulo 3: Administración Pública
U.D. 35: Entidades gestoras de la Seguridad Social y otros organismos con competencia en materia de Trabajo o Seguridad Social
Sección:
RESUMEN
Al I.N.S.S. entidad gestora de la Seguridad Social, dotada de personalidad jurídica propia, se encomienda la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social.
Se estructura en los siguientes Órganos Superiores dotados cada uno de ellos de concretas competencias:
a. De participación en el control y vigilancia de la gestión:
- Consejo General
- Comisión Ejecutiva
b. De Dirección:
El Instituto de Migraciones y Servicios Sociales, Entidad Gestora de la Seguridad Social dotada de personalidad jurídica, tiene encomendada la gestión de los servicios complementarios de las pensiones de invalidez y jubilación en sus modalidades no contibutivas, así como de los servicios complementarios de las prestaciones de la Seguridad Social para personas mayores y con discapacidad, la asistencia a las migraciones interiores, promoción e integración social de los migrantes, asistencia a los solicitantes de asilo y promoción e integración social de los refugiados y desplazados; se estructura en los mismos órganos superiores que el I.N.S.S., a los que se atribuyen concretas competencias.
Los órganos provinciales son: Las Comisiones Ejecutivas Provinciales y las Direcciones Provinciales.
La Tesorería General de la Seguridad Social es un servicio común dotado de personalidad jurídica propia, a quien compete la gestión de los recursos económicos y la administración financiera del sistema en aplicación de los principios de solidaridad financiera y caja única.
Los Servicios Territoriales de la Tesorería General tienen atribuidas concretas competencias:
Los órganos directivos centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social son:
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Dirección General
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Secretaría General
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Subdirecciones Generales
La función interventora en las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social se ejerce en nombre y por delegación del Interventor General de la Administración del Estado, por la Intervención de la Seguridad Social.
En cada Dirección provincial del INSS y con encuadramiento orgánico y funcional en la misma, se constituye un Equipo de Valoración de Incapacidades, con una determinada composición y un concreto procedimiento para evaluar la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas por invalidez permanente y a las indemnizaciones por lesiones, mutilaciones y deformaciones de carácter definitivo no invalidante y que se componen de las siguientes fases: iniciación, instrucción y resolución.