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Aula de estudio: Curso Superior de Contratación Laboral

Módulo 3: Tipología de contratos de trabajo II. Los contratos de duración determinada
U.D. 4: Contrato temporal
Sección: 1

INTRODUCCIóN

En la presente unidad didáctica centraremos nuestro análisis en el estudio de los supuestos en que pueden celebrarse contratos de duración determinada.

Tras la publicación del Real Decreto Ley 32/2021, se introduce la presunción del carácter indefinido en la contratación y desaparece el contrato por obra y servicio, siendo este último uno de los contratos que habían sido más utilizados en España.

La nueva normativa ha modificado el art. 15 del Estatuto de los Trabajadores, que es donde se encuentra regulado este tipo de contratos y se establece la presunción de que el contrato de trabajo se presume concertado por tiempo indefinido.

Estos contratos temporales sólo se van a poder utilizar en unos supuestos muy concretos y deberá existir una causa justificada.

Será imprescindible que se especifique con claridad en el contrato la causa alegada para la contratación, junto con las circunstancias concretas que justifican la contratación y la duración prevista de la relación laboral.

La norma permite utilizar el contrato temporal para las siguientes causas de temporalidad:

    1.-Por el objeto de la contratación (por circunstancias de la producción, sustitución de persona trabajadora o cobertura temporal de un puesto durante el proceso de selección o promoción).

    2.-Por su finalidad de incentivación del empleo (temporal de fomento de empleo de personas con discapacidad, de trabajadores en situación de exclusión social, relevo, jubilación parcial, sustitución por anticipación de la edad de jubilación, trabajadores que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctimas de violencia de género, doméstica o víctima de terrorismo, trabajadores mayores de cincuenta y dos años beneficiarios de los subsidios por desempleo y la situación de vinculación formativa).

    3.-Por su función específica, como sería el supuesto del impulso a la actividad investigadora(de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y la predoctoral o para personal investigador predoctoral en formación) o el de incentivo a la contratación temporal para trabajos subvencionados de interés social/fomento de empleo agrario.

    4.-También hay situaciones de temporalidad en los supuestos de trabajadores penados en instituciones penitenciarias y en el caso de menores y jóvenes en centros de menores sometidos a medidas de internamiento.

 

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