Novedades laborales en los presupuestos del estado para 2015
Novedades de la Ley 36/2014 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 en materia laboral (B.O.E. nº 315 de 30/12/2014)
Los aspectos a destacar de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 en materia laboral son:
-
A) Pensiones públicas: el límite máximo de las pensiones públicas será durante el 2015 de 2.560,88€ mensuales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder, por lo que la cuantía anual no podrá superar los 35.852,32€.
Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, tendrán un incremento del 0,25%. Las pensiones que excedan de 2.560,88 euros mensuales no tendrán incremento.
-
B) Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de garantía Salarial y Formación Profesional. A partir del 1 de enero de 2015 serán:
BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES
Grupo de cotización
Categorías profesionales Bases mínimas
Grupo de cotización |
Categorías profesionales |
Bases mínimas
–
Euros/mes |
Bases máximas
–
Euros/mes |
1 |
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores |
|
3.606,00 |
2 |
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados |
|
3.606,00 |
3 |
Jefes Administrativos y de Taller |
|
3.606,00 |
4 |
Ayudantes no Titulados |
|
3.606,00 |
5 |
Oficiales Administrativos |
|
3.606,00 |
6 |
Subalternos |
|
3.606,00 |
7 |
Auxiliares Administrativos |
|
3.606,00 |
8 |
Oficiales de primera y segunda |
|
120,20 |
9 |
Oficiales de tercera y Especialistas |
|
120,20 |
10 |
Peones |
|
120,20 |
11 |
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional |
|
120,20 |
TIPOS DE COTIZACIÓN (%)
CONTINGENCIAS |
EMPRESA |
TRABAJADORES |
TOTAL |
Comunes |
23,60 |
4,70 |
28,30 |
Horas extraordinarias Fuerza Mayor |
12,00 |
2,00 |
14,00 |
Resto Horas Extraordinarias |
23,60 |
4,70 |
28,30 |
|
EMPLEADOR |
EMPLEADO |
TOTAL |
Empleadas hogar |
20,60 |
4,10 |
24,70 |
|
EMPRESA |
TRABAJADORES |
TOTAL |
FOGASA |
0,20 |
|
0,20 |
|
EMPRESA |
TRABAJADORES |
TOTAL |
FORMACIÓN PROFESIONAL |
0,60 |
0,10 |
0,70 |
- C) Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: para los autónomos la base máxima pasa a ser de 3.606,00€ y la mínima de 884,40€.
- D) Se modifica la ley 9/2009, ampliando el periodo de paternidad a 4 semanas en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, a partir del 01/01/2016. Hasta entonces, se mantendrán los 13 días ininterrumpidos.