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Novedades laborales en los presupuestos del estado para 2015

Novedades de la Ley 36/2014 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 en materia laboral (B.O.E. nº 315 de 30/12/2014)

Los aspectos a destacar de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 en materia laboral son:

  • A) Pensiones públicas: el límite máximo de las pensiones públicas será durante el 2015 de 2.560,88€ mensuales, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder, por lo que la cuantía anual no podrá superar los 35.852,32€.
  • Las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, en su modalidad contributiva, tendrán un incremento del 0,25%. Las pensiones que excedan de 2.560,88 euros mensuales no tendrán incremento.

  • B) Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de garantía Salarial y Formación Profesional. A partir del 1 de enero de 2015 serán:

BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES

Grupo de cotización Categorías profesionales Bases mínimas

 

Grupo de cotización

 

Categorías profesionales

Bases mínimas

Euros/mes

Bases máximas

Euros/mes

1

Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores

 

3.606,00

2

Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados

 

3.606,00

3

Jefes Administrativos y de Taller

 

3.606,00

4

Ayudantes no Titulados

 

3.606,00

5

Oficiales Administrativos

 

3.606,00

6

Subalternos

 

3.606,00

7

Auxiliares Administrativos

 

3.606,00

8

Oficiales de primera y segunda

 

120,20

9

Oficiales de tercera y Especialistas

 

120,20

10

Peones

 

120,20

11

Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional

 

120,20

TIPOS DE COTIZACIÓN (%)

CONTINGENCIAS

EMPRESA

TRABAJADORES

TOTAL

Comunes

23,60

4,70

28,30

Horas extraordinarias Fuerza Mayor

12,00

2,00

14,00

Resto Horas Extraordinarias

23,60

4,70

28,30

  

EMPLEADOR

EMPLEADO

TOTAL

Empleadas hogar

20,60

4,10

24,70

 

 

EMPRESA

TRABAJADORES

TOTAL

FOGASA

0,20

 

0,20

 

 

EMPRESA

TRABAJADORES

TOTAL

FORMACIÓN PROFESIONAL

0,60

0,10

0,70

 

  • C) Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos: para los autónomos la base máxima pasa a ser de 3.606,00€  y la mínima de 884,40€.
  • D) Se modifica la ley 9/2009, ampliando el periodo de paternidad a 4 semanas en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, a partir del 01/01/2016. Hasta entonces, se mantendrán los 13 días ininterrumpidos.
  •  

     

Revista jurídica y financiera Ref.701766 (21/01/2015)
 

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