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Flash Informativo Ref.418325 (01/06/2007)

Compatibilidades e incompatibilidades en el ITPAJD

1- Introducción

Una de las preguntas más recurrentes en la asesoría fiscal es la compatibilidad o incompatibilidad de los distintos conceptos impositivos que conforman el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Así, un único acto que dé lugar a varios hechos imponibles sólo podrá ser gravado uno de ellos, ¿ Como se articulan las compatibilidades e incompatibilidades de los distintos conceptos impositivos del Impuesto?

2- Transmisiones Patrimoniales Onerosas

Este impuesto es incompatible con el Impuesto sobre Operaciones Societarias, eso sí , prevalecerá el segundo en el caso de que los dos hubieran podido grabar la operación en cuestión.

Además la cuota variable del T.P.O. , es incompatible con la cuota variable del impuesto sobre Actos Jurídicos documentados.

3- Operaciones Societaria

Este concepto impositivo es incompatible como se ha indicado anteriormente con la transmisión Patrimonial Onerosa así como con la cuota variable de los Actos Jurídicos documentados. Por el contrario, es compatible con el IVA, y con la cuota fija de los Actos Jurídicos documentados.

4- Actos Jurídicos Documentados

La cuota fija de este tipo, no es incompatible con las demás modalidades impositivas, siendo por tanto, compatible tanto con el T.P.O, las O.S. y el IVA. Respecto a la cuota variable del tipo, cabe decir que será incompatible con toda transmisión patrimonial onerosa, así como con los hechos imponibles de las operaciones societarias.

Junio / Julio 2007

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