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Aula de estudio: Curso Superior de Contabilidad, Finanzas y NIC's

Módulo 6: Normas Internacionales de Contabilidad
U.D. 50: Información financiera por segmentos / La información a desglosar sobre partes vinculadas
Sección:

RESUMEN

En esta 2ª sección de la unidad establecemos la definición de partes vinculadas y las políticas contables apropiadas que una empresa debe aplicar para revelar la información correspondiente a las transacciones con partes vinculadas.

Una parte se considera vinculada si: Directamente o indirectamente controla, es controlada o está bajo control común, tiene una participación en la entidad que le permite tener una influencia significativa sobre ella, o tiene control conjunto sobre la entidad; es una entidad asociada; es un negocio conjunto, donde la entidad es uno de los partícipes; es una persona clave de la dirección de la entidad o de su matriz(personas con autoridad y responsabilidad para planificar, dirigir y controlar las actividades de la entidad); es un familiar cercano (cónyuge, hijos, hijos del cónyuge personas que dependan del individuo o del cónyuge) de cualquier persona indicada en los puntos primero y cuarto anteriores; es una entidad que está controlada, controlada conjuntamente o influida significativamente, directa o indirectamente,por las personas de los puntos anteriores, o estas personas mantienen derechos devoto significativos en dicha entidad; es un plan de pensiones de los empleados de la entidad o de cualquier entidad que sea parte vinculada de la misma.

Parte relacionada: una parte se considera relacionada con otra parte si una de ellas tiene la posibilidad de ejercer el control sobre la otra, o de ejercer influencia significativa sobre ella al tomar sus decisiones financieras y de operación.

Transacción con partes relacionadas: toda transferencia de recursos u obligaciones entre partes relacionadas, con independencia de que se cargue o no un precio.

Control: propiedad, directa o indirecta, por medio de subsidiarias, de más de la mitad del poder de voto en una empresa; o un interés sustancial en el poder de voto y en el poder para influir en las políticas financieras y de operación fijadas por la gerencia de la empresa, ya se hayan obtenido por derecho legal o por acuerdo.

Influencia significativa (por motivos de esta Norma): es el poder de participación de las decisiones de operación y financieras de una empresa, aunque sin llegar al control total de las mismas.

 

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