Módulo 2: Seguridad Social y Relaciones Laborales.
U.D. 4: Acción protectora, asistencia sanitaria y prestaciones económicas.
Sección: 1
INTRODUCCIÓN
Esta unidad didáctica pretende
que el alumno conozca el régimen jurídico aplicable a la
ingente acción protectora de nuestro actual sistema de Seguridad
Social y, así, aprenda cuándo prescribe el derecho al reconocimiento
de una prestación, cómo se revalorizan las pensiones de
forma que los pensionistas no pierdan poder adquisitivo, qué recargo
se produce en las prestaciones económicas en caso de accidente
de trabajo y enfermedad profesional cuando la lesión se produzca
en determinadas circunstancias, qué significa la obligatoriedad
por parte de las empresas para efectuar el pago delegado de
determinadas prestaciones y el Convenio Especial que algunas personas
pueden suscribir con la Seguridad Social con el fin de mantener el derecho
a la cobertura de determinadas prestaciones...
En definitiva, como señalábamos, vamos a estudiar la regulación
aplicable a la acción protectora de la Seguridad Social cuyo conocimiento
es imprescindible para la comprensión y utilización de la
misma.
Por otro lado, vamos a tratar en primer lugar la asistencia sanitaria,
que cubre la contingencia de falta de salud, la necesidad de recibir amparo
sanitario en general. Se trata de la contingencia que, con mayor frecuencia,
afecta a la existencia normal del trabajador y de su área familiar
y la primera que se desea cubrir con urgencia, por lo que no es de extrañar
que este aspecto del Seguro Social fuese pionero en sus albores como
una de las protecciones iniciales que el Estado otorgó al mundo
del trabajo. Los gastos que ocasiona la cobertura de esta contingencia
son elevadísimos, por su urgencia ineludible y cuantía numérica
asombrosa que exige un amplio abanico de medios personales y materiales,
altamente cualificados unos y otros y de difícil estructuración
y sostenimiento.
En segundo lugar, estudiaremos la incapacidad temporal, que significa
una situación de infortunio por la pérdida de ingresos laborales,
a consecuencia de una pérdida de aptitud para el trabajo, por causas
personales, patológicas, sobrevenidas, cuya situación es
involuntaria y limitada en el tiempo. Se trata de una contingencia individual, personal y económica.
No se atiende al aumento de gastos que supone la enfermedad, accidente,
etc., sino que se contempla, únicamente, la pérdida de ingresos
salariales.
Finalmente, veremos en esta unidad didáctica cómo se protege
en nuestra Seguridad Social la situación de la maternidad, quiénes
pueden ser beneficiarios del subsidio, en qué cuantía, etc.