e-learning empresarialQuiero más información
consultas onlineTeléfono 607 036 887 - 607 053 177
Linea activa

Aula de estudio: Curso Superior de Nóminas y Seguros Sociales

Módulo 1: La Nómina
U.D. 3: Estructura de salarios: devengos salariales y extrasalariales
Sección:

RESUMEN

El salario se compone de lo que se denomina salario base y de los complementos salariales del mismo. Su estructura concreta debe determinarse en la negociación colectiva o, en su defecto, en el contrato individual.

Por salario base se entiende aquella parte de la retribución del trabajador fijada por unidad de tiempo o de obra sin atender a ninguna otra circunstancia. Su cuantía se establece para todas y cada una de las categorías profesionales, grupos profesionales o niveles retributivos, en los convenios colectivos.

Los complementos salariales son aquellas cantidades que, en su caso, deben adicionarse al salario base y que pueden estar fijados en función de circunstancias relativas a las condiciones personales del trabajador, al trabajo realizado o la situación y resultados de la empresa. La estructura salarial de dichos complementos y los criterios que han de ser tenidos en cuenta a los efectos de su cálculo y abono se establecerán mediante la negociación colectiva.

Cuando la vigencia de un complemento está sometida a un plazo o a la concurrencia de determinadas circunstancias, éste podrá ser consolidable si así lo determina la negociación colectiva o, en su defecto, el contrato individual de trabajo.

Salvo que se pacte expresamente que son consolidables, no tienen tal carácter los complementos vinculados al puesto de trabajo o a la situación y resultados de la empresa. En defecto de pacto en contra, sí lo tienen los complementos personales.

La realidad social ha hecho que evolucionen los conceptos salariales, surgiendo nuevos conceptos vinculados a la permanencia del trabajador en la empresa y a la participación en el capital de la empresa.

Se entiende por devengo extrasalarial aquella percepción que, aún produciéndose con ocasión o como consecuencia del trabajo, más que por causa del mismo, responde a compensar o indemnizar un gasto o necesidad del trabajador o, simplemente, responde a una mera liberalidad del empresario no exigible jurídicamente.

Los devengos extrasalariales no retribuyen ni el trabajo efectivo realizado por el trabajador ni los períodos de descanso computables como trabajo efectivo; por lo tanto, no pueden tener la consideración legal de salario, y, salvo la prestación por desempleo y algunas de ellos, en cuanto que no excedan de una determinada cuantía, no cotizan a la Seguridad Social.

Entre otros, son devengos extrasalariales: el quebranto de moneda, el desgaste de herramientas, el plus ropa, los gastos de locomoción, las dietas, plus de distancia y transporte, las indemnizaciones por traslados, suspensiones, despidos o ceses y las prestaciones de la Seguridad Social.

Los salarios de tramitación son la cantidad objeto de condena en los juicios por despido, consistentes en una suma igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta que se notifique la sentencia, o hasta que se haya encontrado otro empleo, si tal colocación es anterior a la sentencia, y se pruebe por el empresario lo percibido para el descuento de los salarios de tramitación.

 

Instrucciones de uso del campus virtual   Página de inicio

El sistema de gestión de la calidad de AFIGE es conforme con la norma ISO 9001:2000
Certificado nº 2664/ER/01/03

El diseño e implantación del sistema de calidad de AFIGE ha sido auditado con éxito por la empresa certificadora ECA. Por tanto, AFIGE es una empresa certificada conforme a la normativa internacional ISO 9001:2000, lo que significa un reconocimiento expreso a nuestro esfuerzo permanente por ofrecerle un servicio de calidad contrastada.

AFIGE ha diseñado e implantado un sistema completo de gestión de la calidad. Este sistema incluye todas las etapas en que se desarrolla la prestación de nuestros servicios. El control y la selección de los proveedores, los distintos procesos de nuestra cadena de servicios, el diseño, elaboración y control de los cursos de formación, el seguimiento continuado efectuado a nuestros asociados y alumnos, son engranajes de la cadena de valor añadido y que son cuidadosamente vigilados para estar en disposición de ofrecer un servicio de calidad. Asimismo, la distribución de funciones, la formación permanente de todas las personas que componen nuestro equipo humano y el estricto control de calidad del sistema de resolución de consultas, son elementos esenciales que configuran también la política de calidad implantada en AFIGE.

Herramientas Aula