Módulo 2: Gestión, Inspección, procedimientos tributarios: infracciones y sanciones.
U.D. 15: Recaudación de los tributos.
Sección:
RESUMEN
La recaudación supone la obtención, por parte de la Hacienda Estatal, de los créditos y deudas que constituyen el Haber del Estado.
La gestión recaudatoria llevada a cabo por los órganos de recaudación y entidades colaboradoras tiene por finalidad el cobro de impuestos, contribuciones especiales, tasas, y, en definitiva, todas aquellas cantidades previstas para su ingreso en los entes públicos.
Medios de pago
El pago de las deudas tributarias puede realizarse en efectivo (dinero de curso legal, cheque u otros medios previstos), o mediante el empleo de efectos timbrados, en virtud de lo establecido por la ley de cada tributo. Sólo se admite el pago en especie (bienes del Patrimonio Histórico Español), o mediante prestaciones personales, cuando así lo establezca expresamente la ley.
Procedimientos de recaudación
a. En periodo voluntario: dentro de los plazos previstos por la ley.
b. Por vía de apremio: se inicia cuando, habiendo vencido el plazo de ingreso en periodo voluntario, no se hubiese satisfecho la deuda tributaria.
c. Embargo: instrumento de cobro que nace en defecto de pago de las deudas apremiadas no satisfechas.
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