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Aula de estudio: Curso Superior de Contabilidad, Finanzas y NIC's

Módulo 2: Interpretación del Balance
U.D. 14: El Pasivo no corriente y el Pasivo corriente.
Sección: 1

14.01 DEUDAS A LARGO PLAZO

Definiremos las deudas aquí descritas como aquellas que, junto con los recursos propios, sirven para financiar el activo no corriente.

Los elementos del activo no corriente no se convierten en liquidez de forma inmediata, sino que se van recuperando los fondos invertidos en los mismos a través de una adecuada política de amortización llevada a cabo durante su vida útil. Por tanto, en el caso de que una empresa decida financiar sus elementos de activo no corriente con un préstamo a largo plazo, deberá procurar que la vida del mismo sea igual a la vida del elemento que financia. De esta forma, la empresa debe obtener beneficios para que pueda hacer frente a sus compromisos. Mediante la incorporación en el coste de sus productos acabados de la amortización de los elementos del activo no corriente, irá construyendo una reserva. El objetivo es que, aproximadamente, dicho fondo de amortización, en el día en que se retire el elemento de la producción, sea igual al coste de adquisición del mismo.

No obstante, si se ha financiado con recursos ajenos a largo plazo, la empresa tiene un coste adicional, por lo que la empresa deberá incorporar este coste a sus productos, en concepto de intereses, por el préstamo utilizado. Vemos, pues, que una de las condiciones que debe cumplir una empresa cuando acude al endeudamiento a largo plazo es que la misma debe ser capaz de generar beneficios. Si recurre al endeudamiento en un proyecto no rentable, seguramente afrontará dificultades de supervivencia a largo plazo.

En consecuencia, es muy importante que las empresas efectúen un estudio profundo de cuáles son los recursos a utilizar -propios o ajenos- como fuente de financiación para sus inversiones a largo plazo.

14.01.01 Tipos de endeudamiento a largo plazo

Dos son, fundamentalmente, las partidas que se agrupan en este epígrafe:

  • Los empréstitos.
  • Los préstamos a largo plazo.

Estos pasivos financieros se valoran inicialmente por el coste, que equivale al valor razonable de la contraprestación recibida, ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles; no obstante, estos últimos, así como las comisiones financieras que se carguen a la empresa cuando se originen las deudas con terceros, podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial.

14.01.01.01 Los empréstitos

Los empréstitos se formalizan mediante títulos emitidos, denominados obligaciones, que representan, cada uno de ellos, una parte del préstamo recibido igual al valor nominal que figura en dichos títulos.

La empresa emisora del empréstito recibe unos fondos contra la entrega de obligaciones, las cuales constituyen un reconocimiento de deuda, a la vez que una promesa de pago. El empréstito obligacionista está constituido por un número determinado de obligaciones, todas ellas del mismo valor nominal.

Esta es una fuente de financiación a la que sólo acceden las grandes empresas, ya que suelen emitirse grandes cantidades de dinero que, lógicamente, se canalizan a través de instituciones financieras y van dirigidas al ahorro público, lo que limita el acceso a las empresas de tamaño medio y pequeño. Las pequeñas y medianas empresas carecen de la “imagen” suficiente como para atraer este ahorro, por cuanto los inversores no suelen estar dispuestos a invertir sus ahorros en entidades poco conocidas, por muy atractivo que sea el interés que ofrezcan.

A todas las personas que adquieren obligaciones se les entrega una cantidad de las mismas cuyo nominal total es igual al importe del dinero aportado.

Se distingue la obligación de la acción en que ésta otorga al poseedor de la misma un título de propiedad de la empresa en la proporción que determine el número de acciones que posee, sobre el total de acciones emitidas. En cambio, al obligacionista no se le otorga el título de propietario, por lo cual actúa como un simple prestamista.

Otra de las diferencias entre una acción y una obligación es la referente a la rentabilidad que obtendrán los poseedores de las mismas. El titular de una acción no sabe cuál será la rentabilidad que obtendrá de dicho título, por cuanto la misma estará en función de los resultados que obtenga la empresa en cuestión. Por contra, en el momento de emitir un empréstito obligacionista, la empresa fija el tipo de interés con el que va a remunerar dichas obligaciones, por lo que el posible comprador de las mismas sabe cuál será la rentabilidad que obtendrá, sin depender de los resultados que obtenga la empresa. Tanto si el ejercicio ha sido excelente, como si ha sido un desastre, el obligacionista percibirá idéntica retribución.

Finalmente, en caso de liquidación de una empresa que ha emitido obligaciones, el obligacionista tiene preferencia sobre el accionista a la hora de recuperar su inversión. El accionista no puede exigir que le devuelvan su aportación a la empresa, sólo podrá percibir la parte proporcional de su valor total en caso de liquidación. Esta parte, evidentemente, puede ser inferior, igual o superior a su aportación inicial. En cambio, el obligacionista, al ser un prestamista, tiene derecho a que se le devuelva la parte prestada.

Otra característica de una emisión de obligaciones es que el importe de la misma no debe ser superior, a menos que dicha emisión esté garantizada por el Estado u organismo similar, al capital social desembolsado. Asimismo, citar que normalmente el plazo de duración de una obligación suele oscilar entre los 5 y los 12 años.

Sin embargo, en los últimos años y para ofrecer un mayor atractivo al ahorro del público para la suscripción de obligaciones, se creó la fórmula de ir reembolsando las obligaciones por sorteo al cabo de unos años de su emisión, y, lógicamente, antes de su vencimiento.

Como las obligaciones son remuneradas a un tipo de interés razonablemente superior a los tipos que normalmente pagan las entidades de crédito y ahorro a sus impositores, debido a que el plazo también es superior, el hecho de una posible amortización anticipada de dicho título hace que el mismo sea más atractivo todavía, si bien implica a la empresa emisora un mayor coste financiero.

Otra diferencia entre una emisión de acciones y una de obligaciones es que, en la primera, la ley prohibe que se emitan bajo la par, o sea, por debajo de su valor nominal. En cambio, una emisión de obligaciones sí que puede efectuarse por debajo de su valor nominal.

Tipos de obligaciones

  • Simples:

    Son aquellas que se emiten sin ningún tipo de garantía específica, sólo la común a todas las deudas de la empresa: el patrimonio de la misma.

  • Convertibles en acciones:

    Son aquellas obligaciones emitidas con la característica de que, en el momento de la emisión, gozan del derecho, por parte del titular de las mismas, de que al vencimiento puede optar por convertirse en accionista, en lugar de que la empresa le reintegre el dinero.

  • Con garantía hipotecaria:

    Evidentemente, éstas son las que gozan de una mayor seguridad, por cuanto, aparte de tener las garantías de cualquier tipo de deuda, gozan de una específica, al haber hipotecado ciertos bienes como garantía de pago de las mismas.

14.01.01.02 El Plan General de Contabilidad y los empréstitos

Subgrupo 16. Deudas a largo plazo con partes vinculadas

Este subgrupo recoge las deudas con partes vinculadas (entidades de crédito, proveedores de inmovilizado y otras) .

160 Deudas a largo plazo con entidades de crédito vinculadas

    1603 Deudas a largo plazo con entidades de crédito, empresas del grupo

    1604 Deudas a largo plazo con entidades de crédito, empresas asociadas

    1605 Deudas a largo plazo con otras entidades de crédito vinculadas

161 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, partes vinculadas

    1613 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas del grupo

    1614 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, empresas asociadas

    1615 Proveedores de inmovilizado a largo plazo, otras partes vinculadas

162 Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo, partes vinculadas

163 Otras deudas a largo plazo con partes vinculadas

Subgrupo 17. Deudas a largo plazo por préstamos recibidos, empréstitos y otros conceptos

Este subgrupo recoge la emisión de obligaciones, bonos y deudas, y otros valores negociables que emiten las empresas para conseguir financiación.

Las cuentas que integran este subgrupo son:

170 Deudas a largo plazo con entidades de crédito

171 Deudas a largo plazo

172 Deudas a largo plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados

173 Proveedores de inmovilizado a largo plazo

174 Acreedores por arrendamiento financiero a largo plazo

175 Efectos a pagar a largo plazo

176 Pasivos por derivados financieros a largo plazo

177 Obligaciones y bonos

178 Obligaciones y bonos convertibles (no aparece en el PGC de PYMES)

179 Deudas representadas en otros valores negociables

Pero centrémonos en las obligaciones y bonos.

En el supuesto de que una empresa emita un empréstito por debajo de su valor nominal, o sea, que su valor de reembolso sea mayor al realmente pagado por el obligacionista, se imputarán esos intereses en la cuenta 661, Intereses de obligaciones y bonos, en el momento en el que se devenguen. En consecuencia, en la cuenta 177 sólo contabilizaremos el valor de emisión de las obligaciones.

Asimismo, debemos destacar que, en el momento de efectuar la emisión, la parte del empréstito pendiente de suscribir quedará reflejada en la cuenta de Obligaciones y Bonos pendientes de suscripción.

La cuenta 177 se ira adeudando por las sucesivas amortizaciones de títulos. En el caso de que la propia empresa adquiera en la Bolsa sus obligaciones o bonos, para su amortización, deberá abrirse la cuenta de Obligaciones y Bonos recogidos, contabilizando las diferencias habidas entre el valor de compra y el valor de reembolso a Pérdidas por operaciones con obligaciones propias (675) o a Beneficios por operaciones con obligaciones propias (775).

A continuación, vamos a exponer, de forma sencilla, cuáles serían los principales asientos al efectuar una emisión de obligaciones:

A) En el momento de efectuar la emisión, suscripción y desembolso de los títulos:

 
X
 
    (572) Bancos a
Obligaciones y Bonos (177)
    (669) Otros gastos financieros      
 
X
 

B) Supongamos que dicha emisión se efectúa con prima de amortización, es decir, que el nominal de la misma es inferior al importe a reembolsar, lo cual supone una pérdida para la sociedad, un interés implícito de emisión que se recoge en la cuenta 661, a medida que se vaya devengando. Además, suponemos que la emisión está suscrita parcialmente:

 
X
 
    (-) Obligacionistas a
Obligaciones y Bonos
    (-) Obligaciones y bonos pendientes de suscripción        
    (661) Intereses de obligaciones y bonos        
 
X
 

C) Contabilizaremos, a continuación, el importe realmente pagado por los obligacionistas en el momento de la suscripción

 
X
 
    (-) Tesorería a
Obligacionistas (-)
 
X
 

D) En el caso de que la empresa acuda a la Bolsa para la amortización de algunos títulos:

 
X
 
    (-) Obligaciones y Bonos recogidos a
Tesorería (57)
 
X
 

E) En el momento de la amortización, si las obligaciones han sido compradas por debajo o por encima de su precio de reembolso:

 
X
 
    (177) Obligaciones y bonos a
Obligaciones y Bonos recogidos (-)
    (675) Pérdidas por operaciones con obligaciones propias   Beneficios por operaciones con obligaciones propias (775)     
 
X
 

Ver caso práctico: Emisión de obligaciones

Ver caso práctico: Reembolso de obligaciones

14.01.01.03 Préstamos a largo plazo

Como hemos mencionado anteriormente, la fórmula de financiación ajena más usada a largo plazo es la emisión de obligaciones, al alcance sólo de determinadas empresas. Sin embargo, pueden instrumentarse préstamos a largo plazo. Este tipo de financiación la conceden, normalmente, entidades de crédito oficial, como el Instituto de Crédito Oficial (I.C.O.), las cuales exigen, para su concesión, la constitución de garantías hipotecarias.

Sin embargo, en determinadas ocasiones puede darse la circunstancia de que las empresas acuerden, con el proveedor de un determinado elemento de inmovilizado a adquirir, su intervención como entidad financiera (de hecho, ello sólo es posible en el caso de que el proveedor posea una estructura financiera sólida).

En el presente apartado, hemos omitido mencionar el destino de los recursos obtenidos con préstamos a largo plazo, por cuanto es el mismo que en el caso de financiación mediante un empréstito.

14.01.01.04 El Plan General de Contabilidad. Préstamos a largo plazo

En general, recogerá los préstamos obtenidos, ya sean del grupo 16 o 17, incluidos los formalizados mediante efectos de giro, siendo su plazo superior a un año.

Se abonará en dichas cuentas al formalizar el préstamo, o bien en el momento en que el proveedor nos haga entrega del elemento de inmovilizado en cuestión. Así pues, la representación contable sería:

 
X
 
    (57) Tesorería a
Deudas a largo plazo (16/17)
 
X
 
 
X
 
    (213) Maquinaria a
Proveedores de inmovilizado a largo plazo (173)
 
X
 

Efectuaremos asientos de signo contrario en el momento del vencimiento, ya sea del préstamo o del pago al proveedor de la máquina.

Ejemplo: Contabilización de un préstamo a coste amortizado

El 01/01/XX recibimos un préstamo del banco por 28.000 euros. Se pagará a 31/12/XX, en los próximos 3 años, mediante tres cuotas anuales de 12.000, 10.000 y 9.000 euros. ¿Cuál es el coste amortizado?

1º Cálculo del interés efectivo:

28.000 = 12.000 / (1+i) + 10.000 / (1+ i)² + 9.000 / (1+i)³

T.A.E. (Tasa anual efectiva)= “i” = 5,5473%

Se puede calcular esta TAE a través de excel, por ejemplo, utilizando la fórmula TIR de las funciones financieras. Colocamos los siguientes valores de este ejemplo en celdas diferentes: -28.000; 12.000; 10.000; 9.000. Al introducir la fórmula TIR, debe abarcar estos cuatro valores. Si, por ejemplo, –28.000 está en la celda B1, 12.000 en la celda B2, 10.000 en la celda B3 y 9.000 en la celda B4, para obtener la T.A.E. deberá escribirse la siguiente fórmula dentro de una celda cualquiera: =TIR(B1:B4).

2º Cuadro financiero de la operación:

PERíODO

(A) COSTE FINANCIERO

(B) PAGOS

(B)-(A) CAPITAL AMORTIZADO

COSTE AMORTIZADO (CAPITAL PENDIENTE)

0

-

-

-

28.000

1

1.553,25

12.000

10.446,75

17.553,25

2

973,73

10.000

9.026,27

8.526,98

3

473,02

9.000

8.526,98

-

 

3.000

31.000

28.000

 

1PYME                Los gastos de formalización se pueden incluir en el préstamo, o pasarlos a P/G.

2GRAN EMPRESA              Los gastos de formalización se incluyen como mayor importe del préstamo.

3º Contabilización:

 
X
 
28.000   (572) Bancos a
Deudas a corto plazo (521)
10.446,75
        Deudas a largo plazo (171)   17.553,25
 
X
 


La primera cuota será:

 
X
 
1.553,25   (662) Intereses de deudas a
Bancos (572)
12.000
10.446,75   (521) Deudas a corto plazo        
 
X
 

Nota: A final de año se debe reclasificar la deuda de largo a corto.

La segunda cuota será:

 
X
 
973,73   (662) Intereses de deudas a
Bancos (572)
10.000
9.026,27   (521) Deudas a corto plazo        
 
X
 

Nota: A final de año se debe reclasificar la deuda de largo a corto.

La tercera cuota será:

 
X
 
473,02   (662) Intereses de deudas a
Bancos (572)
9.000
8.526,98   (521) Deudas a corto plazo        
 
X
 
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