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Vivienda y renta, modificaciones legislativas recientes

1. Introducción

Disponer de una vivienda para vivir, ya sea con los padres, cónyuges, hijos, amigos, etc. es un requisito indispensable para las personas. A pesar de que el mercado inmobiliario ha sido uno de los más afectados por la crisis económica que vivimos actualmente se siguen comprando y vendiendo inmuebles. Con la entrada del nuevo año se han llevado a cabo una serie de reformas y habrá que comprobar cómo afectarán al sector.

2. La eliminación de la deducción y su afectación

La mayoría de las personas que compran la que será su vivienda habitual, lo hacen gracias a créditos que les otorgan los bancos. Es decir, constituyen hipotecas. Estas hipotecas están formadas por un capital y unos intereses. Mientras que el capital hace referencia al pago de la deuda sobre el dinero que nos ha prestado el banco para poder comprar la vivienda, los intereses son ese precio que debemos pagar al banco por habernos prestado el dinero.

A la hora de realizar la declaración de la renta, hasta 31 de diciembre de 2012, todas aquellas personas que se compraron una vivienda con financiación ajena podían ir amortizando esos préstamos en función de las cantidades que fueran pagando. En este caso tenían derecho a la deducción por la adquisición de esta. Esto estaba reflejado en el art. 68 de la Ley de IRPF (actualmente suprimido).

Para su aplicación debían cumplirse una serie de requisitos:

  1. Que constituyera la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
  2. Que el contribuyente la habitara de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses, contados desde la fecha de adquisición o terminación de las obras.

La deducción para el 2011 estaba contemplada en un máximo de 9.040 euros por vivienda. Es decir, si, por ejemplo, la vivienda la compraba una pareja y la titularidad estuviese a nombre de los dos, al igual que la hipoteca, podrían aplicar la deducción cada uno al 50% con el límite de los 9.040 euros. La base de la deducción era el importe pagado por el contribuyente con el anteriormente citado máximo.

Según la Ley 16/2012, de 27 de diciembre de 2012, esta deducción se suprime para las viviendas compradas a partir del 1 de enero de 2013. Su eliminación provocará que muchos contribuyentes deban pagar más en la declaración, pues ya no tendrán derecho a esa deducción. En cambio, para la Agencia Tributaria supondrá una gran fuente de ingresos ya que era una deducción utilizada por muchos contribuyentes. El Gobierno prevé con ello una recaudación de unos 90 millones de euros aproximadamente.

Por otro lado, cabe apuntar que no se aplicará con carácter retroactivo. Es decir, aquellas personas que ya se beneficiaban de esta deducción podrán seguir aplicándosela, según la disposición transitoria decimoctava de la Ley de IRPF.

3. Aumento del IVA por la compra de la vivienda

Con la entrada del nuevo año, no tan solo han eliminado la deducción por adquisición de vivienda, sino que han aplicado otras reformas. Entre ellas está la subida del IVA para la compra de nuevas viviendas. Hasta el 31 de diciembre de 2012, la compra de una nueva vivienda estaba sujeta a un 4% de IVA, mientras que a partir del 1 de enero de 2013 aumenta hasta un 10%.

4. Conclusiones

A pesar de que los precios de venta de las viviendas han bajado bastante desde el inicio de la crisis, hay otros factores que pueden influir mucho a la hora de comprar. Si tenemos en cuenta la eliminación de la deducción por la adquisición de la vivienda habitual, el aumento del IVA hasta el 10% y que los bancos prácticamente ya no dan créditos para la compra de la vivienda, hay que valorar las consecuencias que conlleva una inversión de este tipo.

Revista jurídica y financiera Ref.694696 (21/03/2013)
 

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