Transmisión de inmuebles por personas no residentes
El rendimiento neto del capital inmobiliario se calcula restando a
los rendimientos íntegros los gastos fiscalmente deducibles,
sin que dicho resultado pueda resultar negativo en ningún caso.
En el caso de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda,
dicho rendimiento neto goza de una reducción del 50%.Pero ello
no es aplicable a aquellos arrendamientos de inmuebles cuyo destino
primordial no sea satisfacer la necesidad permanente de vivienda de
los arrendatarios.
De acuerdo con esto, no resulta aplicable la reducción del
50% a las casas rurales, a las viviendas por temporada ni a las viviendas
arrendadas a una persona jurídica ( aunque ésta última
la destine a vivienda de sus empleados, pues su destino no es la vivienda
del arrendatario)
Enero 2006