¡¡¡Tiene un e-mail...de hacienda!!!
La notificación de los actos tributarios es la forma mediante la cual
la administración comunica al contribuyente algún hecho con relevancia
tributaria y a partir de ese momento se inicia el cómputo de plazo para
la defensa de los intereses del contribuyente respecto al procedimiento iniciado
por la administración.
Con la entrada en vigor de la nueva Ley General
Tributaria el pasado mes de julio, se han producido nuevos cambios respecto a
la forma de notificar por parte de la administración que agilizarán
mucho más este trámite impidiendo las trabas previstas con la anterior
normativa. Como novedad la Ley admite unas nuevas formas de comunicación
entre el contribuyente y la administración mediante el uso del correo electrónico
Para que la administración pueda utilizar el correo electrónico
es necesario que el interesado preste previamente su conformidad para ello, y
se prevé expresamente que si pasados diez naturales y existiendo constancia
de su recepción, el destinatario no ha "abierto" el e-mail, éste
ha sidorechazado con las consecuencias que se derivan.
Además la ley prevé
expresamente las notificaciones vía telefónica y fax, aunque mediante
estos medios, el contribuyente se verá en una posición de desventaja
al no poder probar ni la identidad de la persona que emite la comunicación,
ni que ha recibido el contenido completo del acto.
Por otro lado, y para las notificaciones
realizadas mediante correo o por agente notificador, se permite la entrega de
las comunicaciones a los empleados de la comunidad de vecinos o propietarios del
domicilio del obligado tributario, o incluso a la persona que reciba la notificación
en el domicilio mismo del contribuyente, independientemente de la razón
de su presencia en ese domicilio o grado de parentesco con el destinatario (requisitos
exigidos con la anterior normativa).
Esta ampliación de las posibilidades
de recepción de la notificación conllevará que la administración
tenga constancia de su entrega pero no que el contribuyente la haya recibido,
con los inconvenientes y problemas de indefensión que este hecho pueda
provocar al destinatario de la notificación.
Agosto 2004