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Tarifa plana para autónomos: ampliación de la edad y restricción para los societarios

1. Introducción

Desde el pasado febrero los autónomos menores de 30 años pagan aproximadamente 50 euros mensuales de cuota a la Seguridad Social durante los primeros seis meses de su actividad o aproximadamente 170 euros durante 30 meses como máximo, en el caso de hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años.

Muchos son los jóvenes que se acogieron a estos planes. Sin embargo, una Instrucción de la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la Seguridad Social, con fecha de 31 de julio, ha limitado lo anterior.

La Instrucción de la Subdirección se ha enviado a las oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social y prevé que los beneficios previstos para los jóvenes emprendedores se apliquen a todos los autónomos individuales sin empleados, pero no a los que sean socios de sociedades de capital, es decir, a los que se hayan constituido como sociedad limitada.

Se trata de una nueva interpretación de las condiciones reguladas en el Real Decreto Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

El pasado 28 de septiembre se publicó la Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internalización, la cual ha supuesto la eliminación del límite de edad, por lo cual la tarifa plana llega a todos los autónomos, pero esta norma guarda silencio respecto al tema de los autónomos societarios.

Revista jurídica y financiera Ref.698153 (03/12/2013)
 

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