Cunatías máximas para subvenciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo a entidades
La Orden de 20 de enero de 1998 estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo, y fue modificada por la Orden de 4 de febrero de 2000, que dispuso que las cuantías que se establezcan se actualizarían cada año natural de acuerdo con la evolución experimentada del Índice de Precios al Consumo.
El Instituto Nacional de Estadística ha establecido el IPC del año 2006 en un 2,7%. La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal ha establecido, mediante la Resolución de 16 de enero de 2007, que las cuantías máximas con las que el SPEE subvencionará las retribuciones totales y la cotización empresarial a la Seguridad Social, por todos los conceptos, del personal necesario para la ejecución de las acciones, en función de las normas legales y reglamentarias del Convenio Colectivo aplicable, o de acuerdo con la aplicación a las Administraciones Públicas para funcionarios, serán:
Para los Técnicos, las establecidas en la respectiva normativa de aplicación para cada categoría, nivel o grupo profesional, hasta 30.113,18 ?/año.
Para el personal de apoyo, las retribuciones establecidas en la respectiva normativa de aplicación para cada categoría, nivel o grupo profesional, hasta 21.079,23 ?/año.