Sociedad Limitada Nueva Empresa
Es una nueva forma jurídica para las empresas de nueva creación, que aporta las ventajas de la S.L en cuanto a su limitación de responsabilidad, pero simplificando al máximo los trámites formales para constituirse.
Las características esenciales son:
Su capital social está dividido en participaciones sociales.
Los socios no responden personalmente de las deudas sociales.
Salvo pacto estatutario en otro sentido, la sociedad tiene duración ilimitada.
Tiene una base societaria restringida: se fija un número máximo de socios en la constitución, los cuales han de ser personas físicas.
Tiene un capital social de constitución mínimo y otro máximo.
El objeto social es genérico, amplio que facilita el cambio de actividad sin tener que modificar los estatutos.
La denominación social es especial.
Los administradores de la sociedad han de ser socios, no pudiendo existir Consejo de administración.
Contabilidad simplificada.
INCENTIVOS FISCALES
Aplazamiento del ITPyAJD.
Aplazamiento, sin necesidad de aportar ningún tipo de garantía, del Impuesto de Sociedades en los dos primeros períodos impositivos finalizados desde su constitución.
No existe la obligación de efectuar pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades de las liquidaciones correspondientes a los dos primeros períodos impositivos finalizados desde su constitución.
Cuenta ahorro-empresa: estos fondos deben destinarse a la constitución de una empresa, con una duración mínima de dos años con, al menos, un local y un trabajador con la forma jurídica de SLNE, y con el régimen fiscal similar a la cuenta ahorro-vivienda.
Junio 2006