Sanciones relacionadas con IVA
Las sanciones que existen en la LGT relacionadas con el área de IVA:
Se sanciona con multa de 200% del importe del recargo de equivalencia que hubiera debido repercutirse, con un mínimo de 30,05 euros por cada una de las adquisiciones efectuadas sin la correspondiente repercusión del recargo de equivalencia.
Disfrutar u obtener indebidamente, mediante declaraciones o manifestaciones inexactas, la aplicación de exenciones, supuestos de no sujeción o tipos impositivos inferiores a los procedentes, cuando el destinatario no tenga derecho a la deducción total de las cuotas soportadas. Se sanciona con multa del 200% del beneficio indebidamente obtenido.
La repercusión improcedente en factura o documento equivalente, por personas que no sean sujetos pasivos del impuesto, de cuotas impositivas que no haya sido objeto de ingreso en plazo correspondiente. Se sanciona con multas del triplo de las cuotas indebidamente repercutidas, con un mínimo de 300,51 euros por cada factura o documento análogo en que se produzca la infracción.