¿Cuál es el concepto de la reserva legal?
La reserva legal ha de estar constituida como mínimo por el 20% del capital social. Para conseguirlo se ha de destinar el 10% de los beneficios de cada ejercicio económico.
Es obligatoria su dotación al marcarlo la ley.
Las cantidades que excedan de este porcentaje mínimo obligatorio pasan a formar parte de la reserva voluntaria, que es de libre disposición por parte de la Junta.