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<h2>PROYECTO DE REFORMA DE LA LEY DE EXTRANJERÍA <h2>

Se trata de un conjunto de medidas, tendente a favorecer la inmigración legal y erradicar aquella que utiliza procedimientos fraudulentos para entrar en España. Básicamente el anteproyecto pone el acento en :

Se quieren suprimir trámites innecesarios y se otorgaría al visado un valor adicional al habilitar a su titular a permanecer en España en la situación para la que ha sido expedido, es decir, como permiso de trabajo y/o de residencia.

Se prevé la renovación en el padrón municipal cada dos años para evitar fraudes.

Se tipificaría como muy grave las actuaciones individuales para favorecer la inmigración ilegal.

Los aeropuertos son las principal vía de entrada de inmigrantes, por ello se quiere regular la obligación de las compañías de transporte de informar a las autoridades españolas de las personas que vayan a viajar a España antes de su partida desde su país de origen. También tendrían que hacerlo sobre aquellos pasajeros que no abandonen el territorio español en la fecha prevista en su billete de vuelta, así como de hacerse cargo de aquellos pasajeros que, encontrándose en tránsito, no hubieran sido aceptados en el país de destino. Para ello se preverían sanciones de hasta 60.000 euros para las aerolíneas que no colaboren.

En el proyecto, además, se transponen las Directivas aprobadas en materia de inmigración que afectan, fundamentalmente, a la unificación de las cuantías de las sanciones y de las obligaciones de los transportistas. Igualmente, se adaptará a la legislación española la Directiva europea relativa al reconocimiento mutuo de las resoluciones de expulsión entre los Estados miembros de la Unión Europea. Se pretende que cuando un inmigrante tenga una resolución de expulsión en cualquier país de la Unión Europea y sea detenido por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en otro Estado miembro, podría ser inmediatamente expulsado sin que se tenga que incoar un nuevo expediente de expulsión, con la posibilidad, además, de que el juez podría acordar su ingreso en un Centro de Internamiento para garantizar dicha expulsión.

Se clarifican los requisitos de reagrupación asegurando el núcleo familiar básico sobre ascendientes y descendientes. Se pretende acabar con las reagrupaciones fraudulentas en cadena.

Julio 2003

Revista jurídica y financiera Ref.168015 (01/07/2003)
 

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