Formas de ejercer de un profesional perteneciente a una sociedad civil.
Una persona que sea socio de una sociedad civil puede actuar de tres formas diferentes:
Que los socios realicen de forma exclusiva su trabajo para la sociedad, siendo ésta la que ejerce la actividad directamente y por cuenta propia, siendo ésta la que ejerce la actividad directamente y por cuenta propia frente a los clientes a quienes factura.
Que aunque los socios actúen entre sí en régimen de sociedad civil, realicen ellos la actividad directamente y por cuenta propia frente a los clientes a los que prestan sus servicios y facturan con su NIF.
Que además de trabajar para la sociedad, el profesional realice también la actividad por cuenta propia frente a sus clientes, será sujeto pasivo tanto la sociedad civil como el profesional, debiéndose dar de alta los dos del IAE correspondiente.
El profesional puede prestar sus servicios de estas tres maneras, pudiendo a la vez trabajar para la sociedad como por su cuenta. Si desea dejar de prestar sus servicios a la sociedad civil, deberá darse de baja como socio de la sociedad, pero independientemente que realice este trámite puede simultáneamente prestar sus servicios por su cuenta.