¿Cuáles son los presupuestos para la adopción de medidas cautelares ?
Los presupuestos para la adopción de medidas cautelares son peligro por la mora procesal, apariencia de buen derecho y caución.
Periculum in mora. Se exige para su adopción que se justifique que, en el caso de que se trate, podrían producirse durante la pendencia del proceso, de no adoptarse las medidas solicitadas, situaciones que impidieren o dificultaren la efectividad de la tutela que pudiere otorgarse en una eventual sentencia estimatoria
Fumus boni iuris o apariencia de buen derecho. En este caso, el solicitante de medidas cautelares también habrá de presentar los datos, argumentos y justificaciones documentales que conduzcan a fundar, por parte del tribunal, sin prejuzgar el fondo del asunto, un juicio provisional e indiciario favorable al fundamento de su pretensión y que supone que la adopción de las medidas cautelares tiene su justificación sobre la base de que existe una apariencia de buen derecho.
Caución. El solicitante de la medida cautelar deberá prestar caución suficiente para responder, de manera rápida y efectiva, de los daños y perjuicios que la adopción de la medida cautelar pudiera causar al patrimonio del demandado. La Ley no regula la determinación de esta fianza, su determinación dependerá discrecionalmente del Juez.