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Novedades Legislativas Ref.418220 (07/03/2007)

Plan individual de ahorro sistemático, PIAS: Una forma de ahorro a largo plazo.

1. NUEVO PRODUCTO FISCAL

Sus siglas responden al nombre de Plan Individual de Ahorro Sistemático y tiene rasgos del seguro de vida y de la pensión. La fiscalidad es su mejor aliada, aunque por ahora son los grandes desconocidos para la mayor parte de los ahorradores españoles.

El PIAS tiene una estructura y una filosofía de inversión similar a la del seguro individual de vida, cuyos derechos generados deberán servir para constituir una renta vitalicia (periódica) asegurada. Sus aportaciones, que no pueden superar los 8.000 euros anuales y los 240.000 euros en el total del producto, no deducen en la declaración de la renta.

La función principal del PIAS es la de sustituir o complementar los planes de pensiones, ya que estos productos, que son fruto de la reforma fiscal que entró en vigor el pasado 1 de Enero, están concebidos para ser rescatados en el momento de la jubilación, como un plan de pensiones, en forma de renta vitalicia.

Ahora bien, para poder disfrutar de una exención fiscal plena, el titular del mismo debe mantener más de 10 años su PIAS, y recoger las ganancias en forma de renta periódica, no todas de una sola vez, ya que, si lo rescata en un solo periodo, Hacienda obtendrá un 18% por las plusvalías obtenidas.

No obstante, la gran diferencia con los planes de pensiones es la increíble liquidez que puede generar el PIAS, ya que, en el caso de éste último, es el ahorrador el que decide la ocasión en la que recogerá su dinero y las ganancias obtenidas.

Desde principios de año, se han lanzado cinco PIAS: dos pertenecen a filiales de seguros de cajas (La Caixa e Ibercaja), otros dos a Mapfre y el último a Aviva, que lo distribuye Bancaja y Caja España.

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