¿Es obligatorio que las sociedades deban someter sus cuentas anuales a auditoría por parte de expertos independientes?
De acuerdo con CCom art.40 y 41 y la LSA art.203 a 211, tiene obligación de someter la cuentas anuales a auditoria todas aquellas sociedades que:
a) No puedan formular Balance abreviado por superar durante dos ejercicios consecutivos dos de los tres parámetros siguientes:
i) volumen de ventas superior a 4.747.995,62 euros.
ii) total activo superior a 2.373.997,81 euros.
iii) número medio de trabajadores superior a 50.
b) Con carácter especial, cuando no estando obligadas, exijan su práctica accionistas que representen la titularidad de más del 5% del capital social.