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Nuevo plan general contable en el ámbito de las NIIF

1 INTRODUCCIÓN

El proceso de reforma de nuestra normativa contable, para alcanzar un mayor nivel de convergencia con las normas internacionales de información financiera adoptadas por la Unión Europea (NIC/NIIF), ha dado lugar al Proyecto de Ley de Reforma Mercantil en Materia Contable para su armonización internacional, con base en la normativa de la Unión Europea; en la actualidad, en fase de tramitación parlamentaria.

El borrador, que se encuentra sometido a las decisiones que finalmente se adopten en la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley, será obligatorio para todas las empresas, previsiblemente a partir del 1 de enero de 2008.

2 CAMBIOS EN EL PGC

El principal cambio que supondrá la aplicación del nuevo PGC será un incremento de la información a suministrar a los terceros, lo que redundará en un mayor grado de transparencia.

Las memorias deberán contener más información, al menos las de las empresas de mayor tamaño. Además, determinados elementos patrimoniales han sufrido modificaciones sustanciales en cuanto a las normas de registro y valoración con respecto a la contabilidad actual. Por ejemplo, se hace una nueva clasificación de los activos financieros en función de su gestión, en lugar de la tradicional de rendimiento fijo o variable.
Por otro lado, se exigirá diferenciar los activos o grupos de activos cuyo valor contable se recupere a través de su venta en lugar de por su uso continuado. Se introduce el concepto de unidad generadora de efectivo, que se define como el grupo identificable más pequeño de activos que genera entradas de efectivo. Dicho concepto sirve de base para calcular el deterioro del valor de ese grupo de activos, para aquellos casos en que la empresa no pueda estimar el importe recuperable de cada bien individual.

El fondo de comercio deja de ser amortizable, pero sí deberá comprobarse al menos una vez al año si su valor se ha deteriorado.

Por último, las cuentas anuales incorporarán dos nuevos documentos, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo. Pero de nuevo este último será sólo de aplicación para las empresas más grandes, que son las que no pueden formular un balance abreviado.

3 CONCLUSIÓN

El futuro PGC será obligatorio para todas las empresas. No obstante, con la finalidad de facilitar su aplicación en las entidades de menor dimensión económica, y en función de la tramitación parlamentaria, el ICAC está trabajando en la revisión del vigente régimen simplificado de la contabilidad, con el objetivo de hacer compatible las necesidades reales de estas empresas con el progreso de la técnica contable.

Abril 2007
Revista jurídica y financiera Ref.418238 (05/04/2007)
 

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