Nuevo plan general contable en el ámbito de las NIIF
1 INTRODUCCIÓN
El proceso de reforma de nuestra normativa contable, para alcanzar un mayor
nivel de convergencia con las normas internacionales de información financiera
adoptadas por la Unión Europea (NIC/NIIF), ha dado lugar al Proyecto
de Ley de Reforma Mercantil en Materia Contable para su armonización
internacional, con base en la normativa de la Unión Europea; en la actualidad,
en fase de tramitación parlamentaria.
El borrador, que se encuentra sometido a las decisiones que finalmente se adopten
en la tramitación parlamentaria del Proyecto de Ley, será obligatorio
para todas las empresas, previsiblemente a partir del 1 de enero de 2008.
2 CAMBIOS EN EL PGC
El principal cambio que supondrá la aplicación del nuevo PGC
será un incremento de la información a suministrar a los terceros,
lo que redundará en un mayor grado de transparencia.
Las memorias deberán contener más información, al menos
las de las empresas de mayor tamaño. Además, determinados elementos
patrimoniales han sufrido modificaciones sustanciales en cuanto a las normas
de registro y valoración con respecto a la contabilidad actual. Por ejemplo,
se hace una nueva clasificación de los activos financieros en función
de su gestión, en lugar de la tradicional de rendimiento fijo o variable.
Por otro lado, se exigirá diferenciar los activos o grupos de activos
cuyo valor contable se recupere a través de su venta en lugar de por
su uso continuado. Se introduce el concepto de unidad generadora de efectivo,
que se define como el grupo identificable más pequeño de activos
que genera entradas de efectivo. Dicho concepto sirve de base para calcular
el deterioro del valor de ese grupo de activos, para aquellos casos en que la
empresa no pueda estimar el importe recuperable de cada bien individual.
El fondo de comercio deja de ser amortizable, pero sí deberá
comprobarse al menos una vez al año si su valor se ha deteriorado.
Por último, las cuentas anuales incorporarán dos nuevos documentos,
el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo.
Pero de nuevo este último será sólo de aplicación
para las empresas más grandes, que son las que no pueden formular un
balance abreviado.
3 CONCLUSIÓN
El futuro PGC será obligatorio para todas las empresas. No obstante,
con la finalidad de facilitar su aplicación en las entidades de menor
dimensión económica, y en función de la tramitación
parlamentaria, el ICAC está trabajando en la revisión del vigente
régimen simplificado de la contabilidad, con el objetivo de hacer compatible
las necesidades reales de estas empresas con el progreso de la técnica
contable.
Abril 2007