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NUEVAS TASAS CON LEY DE ACOMPAÑAMIENTO DEL 2003

Si no se produce ninguna modificación en la aprobación de la Ley de Acompañamiento a los presupuestos del próximo ejercicio, a partir del 1 de enero del próximo año aparecerán nuevas imposiciones tributarias que afectarán materias muy dispares.

Las nuevas tasas gravarán ciertos servicios de la Guardia Civil de Tráfico, las embarcaciones de recreo, el profesorado universitario, la convalidación de títulos y estudios extranjeros, o los exámenes preliminares internacionales de la Oficina de Patentes y Marcas, la inscripción en el registro de alimentos y la identificación de los dietéticos, así como la prestación farmacéutica de la seguridad social.

Los servicios prestados por la Guardia Civil de Tráfico en concepto de escoltas, y los dispositivos especiales para proteger la filmación de películas en la vía pública y actividades deportivas en vías interurbanas, serán gravadas con un tasa de 22 euros a la hora por cada agente destinado.

Las embarcaciones de recreo deberán ingresar la tasa correspondiente al derecho de examen para las titulaciones de gobierno. En el caso de capitán de yate la tasa es de 70 euros y desciende hasta 30 euros si se trata del examen de aspirante a patrón de moto náutica.

En materia de educación, se deberá abonar una tasa de 24 euros para obtener la habilitación nacional del profesorado universitario y otra para la homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros.

Por otro lado se ha creado una tasa que va desde los 120 a 2.000 euros para financiar el servicio de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria para analizar y tramitar las autorizaciones de inscripción en el Registro Sanitario de Alimentos de preparados alimenticios para regímenes especiales y dietéticos.

La Ley de Acompañamiento también introducirá una modificación a la hora de calcular los peajes de autopistas, teniendo en cuenta el cálculo entre el IPC medio del año anterior y el registrado en los meses que la vía ha estado en funcionamiento.

Octubre 2002
Revista jurídica y financiera Ref.78445 (01/10/2002)
 

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