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Nueva financiación para las PYMES

Desde 1993, las pequeñas y medianas empresas españolas, han contado con un instrumento de financiación denominada la Línea Pyme, por la que el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en colaboración con Bancos y Cajas, ponen a disposición de las pequeñas y medianas empresas créditos a largo plazo y con bajos tipos de interés para financiar sus proyectos.

· Condiciones para beneficiarse de la ayuda económica

Para este nuevo año, se ha firmado un nuevo acuerdo entre el ICO y doce entidades financieras del país (BBVA, la Caixa, el grupo SCH, Banco Sabadell, Caja Madrid entre otras), por la cual la Línea Pyme va a poner a disposición de las pymes 2.700 millones de euros, unos 449.000 millones de pesetas.


Se podrán beneficiar de la concesión de estos préstamos las empresas que tengan menos de 250 trabajadores, su volumen de negocio anual no puede ser superior a 40 millones de euros, no esté participada por una gran empresa o por un grupo de grandes empresas en un porcentaje superior al 25% de su capital.

· Características del préstamo

El crédito disponible constará de un importe máximo de 1.500.000 millones de euros por beneficiario y año, pudiendo disponer de este importe mediante una única operación o entre varias. El préstamo deberá garantizarse mediante garantías hipotecarias, personales, sociedades de garantía recíproca o avales mancomunados o solidarios.

El empresario podrá optar por el tipo de interés que le resulte más adecuado de entre un tipo fijo durante toda la vida del préstamo, según el tipo de referencia del ICO incrementado en 0,5 puntos porcentuales, o un tipo de interés variable, referenciado al euribor seis meses más 0,5 puntos.

El préstamo podrá amortizarse, en tres, cinco o siete años sin carencia, o con un período de carencia de un año o dos.

Uno de los requisitos para poder obtener este tipo de préstamos, es que se financie hasta un 70% como máximo del proyecto de inversión. Además, se permite que hasta un 80% de los recursos obtenidos se pueden destinar a financiar inversiones en inmuebles y hasta el 50% puede utilizarse en activos inmateriales. En todo caso, no se pueden financiar reestructuraciones en el pasivo de la empresa, en el dinero circulante ni tampoco se puede utilizar el préstamo para pagar el IVA u otros impuestos ligados a la inversión, para ello el empresario queda obligado a presentar todo tipo de documentación para poder acreditar la realización de la inversión que se vaya a financiar con el préstamo concedido.

Febrero 2002

Revista jurídica y financiera Ref.78417 (01/02/2002)   No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: ""