NOVEDADES TELEMÁTICAS PARA EL IRPF
La Agencia Tributaria Estatal pone
a disposición del contribuyente la posibilidad de acceder a determinados
servicios mediante su página web (www.aeat.es) para la campaña de
la Renta del ejercicio 2001.
Entre otros servicios que se
prestan, resaltamos :
La posibilidad que le brinda Hacienda al contribuyente para
que éste pueda solicitar cita previa a partir del 24 de abril mediante
la introducción del importe de la cuota íntegra de la última
declaración de la renta, sin necesidad de poseer el certificado electrónico
necesario para poder realizar otras operaciones telemáticas.
Asimismo, se brinda la posibilidad a los contribuyentes de poder consultar sus datos fiscales
on-line para empezar a realizar la declaración de la renta, ahora bien
la entrada en funcionamiento de este servicio no será hasta el 24 de abril
y se precisa que el contribuyente tenga un certificado electrónico de firma
digital.
El solicitante deberá comunicar su número de su Documento
Nacional de Identidad y en el caso de que hubiera presentado declaración
de la renta el año pasado, también el importe de la cuota íntegra
(casilla 57 de la declaración). La solicitud de estos datos también
se puede realizar por teléfono desde este momento y se reciben por correos,
aunque las cartas no serán enviadas hasta el 1 de mayo. Los datos se enviarán
al domicilio del contribuyente que le conste a la administración para garantizar
la confidencialidad del envío.
Por otra parte, los contribuyentes podrán
descargarse de la página web de la Administración Tributaria el
Programa de Ayuda a la Declaración de la Renta (PADRE) desde el 15 de abril.
Además desde este programa se podrá acceder a la consulta de los
datos fiscales que posee la Administración para incluirlos en su declaración.
Si el contribuyente no está conforme con los datos que posee la administración,
éste deberá rellenar la hoja de corrección que se adjunta
en el programa. De este modo se pretende conseguir que se reduzca de forma considerable
los errores u omisiones en las declaraciones de la renta, con el envío
previo de los datos fiscales por parte de la Administración Tributaria.
Por último, se prevé la posibilidad de poder realizarse el pago
del impuesto desde la propia página web de la Administración en
concepto de cargos en cuenta mediante la colaboración de determinadas entidades
financieras. Esta posibilidad se otorgará incluso a los contribuyentes
que no tengan contratado con su banco o caja el servicio de banca . electrónica.
Abril 2002