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NOVEDADES TELEMÁTICAS PARA EL IRPF

La Agencia Tributaria Estatal pone a disposición del contribuyente la posibilidad de acceder a determinados servicios mediante su página web (www.aeat.es) para la campaña de la Renta del ejercicio 2001.

Entre otros servicios que se prestan, resaltamos :

La posibilidad que le brinda Hacienda al contribuyente para que éste pueda solicitar cita previa a partir del 24 de abril mediante la introducción del importe de la cuota íntegra de la última declaración de la renta, sin necesidad de poseer el certificado electrónico necesario para poder realizar otras operaciones telemáticas.

Asimismo, se brinda la posibilidad a los contribuyentes de poder consultar sus datos fiscales on-line para empezar a realizar la declaración de la renta, ahora bien la entrada en funcionamiento de este servicio no será hasta el 24 de abril y se precisa que el contribuyente tenga un certificado electrónico de firma digital.

El solicitante deberá comunicar su número de su Documento Nacional de Identidad y en el caso de que hubiera presentado declaración de la renta el año pasado, también el importe de la cuota íntegra (casilla 57 de la declaración). La solicitud de estos datos también se puede realizar por teléfono desde este momento y se reciben por correos, aunque las cartas no serán enviadas hasta el 1 de mayo. Los datos se enviarán al domicilio del contribuyente que le conste a la administración para garantizar la confidencialidad del envío.

Por otra parte, los contribuyentes podrán descargarse de la página web de la Administración Tributaria el Programa de Ayuda a la Declaración de la Renta (PADRE) desde el 15 de abril. Además desde este programa se podrá acceder a la consulta de los datos fiscales que posee la Administración para incluirlos en su declaración. Si el contribuyente no está conforme con los datos que posee la administración, éste deberá rellenar la hoja de corrección que se adjunta en el programa. De este modo se pretende conseguir que se reduzca de forma considerable los errores u omisiones en las declaraciones de la renta, con el envío previo de los datos fiscales por parte de la Administración Tributaria.

Por último, se prevé la posibilidad de poder realizarse el pago del impuesto desde la propia página web de la Administración en concepto de cargos en cuenta mediante la colaboración de determinadas entidades financieras. Esta posibilidad se otorgará incluso a los contribuyentes que no tengan contratado con su banco o caja el servicio de banca . electrónica.

Abril 2002
Revista jurídica y financiera Ref.78424 (01/04/2002)
 

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