NOVEDADES PARA LA RENTA DE 2002
El 30 de junio es el último día para presentar la declaración
de la renta correspondiente al ejercicio 2002 y, si procede, la declaración
del patrimonio. Resulta interesante destacar varios conceptos a fin
de beneficiarnos de las ventajas que la ley nos ofrece.
Plazo de presentación único Se sigue manteniendo el plazo
de presentación único desde el mes de mayo hasta el día 30
de junio para las declaraciones que resulten a devolver y a ingresar. Compensación
entre cónyuges Los cónyuges que presenten declaración individual
podrán solicitar la compensación entre sus declaraciones si una
resulta positiva y la otra negativa siempre que el miembro de la pareja renuncie
a la devolución y acepte la compensación. Para hacer uso de esta
modalidad, las dos declaraciones se deben presentar simultáneamente dentro
de plazo y cada uno de ellos deberá encontrarse en situación de
corriente de pago de sus obligaciones tributarias.
Ayudas estatales para el acceso por primera vez a la vivienda
Las ayudas estatales para el acceso por primera vez a la vivienda
en propiedad obtenidas mediante pago único en concepto de Ayuda
Estatal Directa a la Entrada podrán imputarse por cuartas partes
en el período impositivo en que se haya obtenido y en los tres
siguientes.
Aportaciones a planes de pensiones
El único límite de reducción de la base imponible
es de 7.212,15 euros. Por otro lado, se permite que para cada una
de las aportaciones realizadas, de forma individual por el contribuyente
y por la empresa, el límite de reducción de los 7.212,15
euros.
Deducción por donativos
Las donaciones realizadas a las entidades contempladas en la Ley 30/94,
de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación
Privada en Actividades de Interés General podrán deducir
un 25% sobre la cuota del IRPF.
Compensaciones fiscales de la deducción por alquiler de
la vivienda habitual
Se mantiene para este año la aplicación de la compensación
fiscal que consiste en el 10% de las cantidades satisfechas durante
el 2002, con el límite de 601,01 euros siempre que se den determinados
requisitos, entre los que se encuentra el que el contrato de alquiler
sea anterior al 24 de abril de 1998.
Junio 2003