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NOVEDADES FISCALES RESPECTO A SITUACIONES DE CRISIS MATRIMONIAL

1. INTRODUCCIÓN

Con la aprobación de la última reforma fiscal en Diciembre de 2006, entraron en vigor una serie de normas que pretenden proteger a los miembros de aquellas familias que se encuentran bajo procesos de separación, nulidad matrimonial o divorcio.

2. LEY DE PRESUPUESTOS 2007.

Así, la ley de presupuestos de 2007 ha creado, con carácter indefinido, un Fondo de Garantía de Pagos de Alimentos por una cuantía de 10 millones de Euros. Este fondo se destinará a través de anticipos a cuenta, a garantizar el pago de alimentos reconocido a favor de los hijos menores de edad en los convenios de regulación pactados o aprobados judicialmente.
Para la ejecución de esta medida, el Gobierno regulará antes del 1 de Julio de 2007 las condiciones y requisitos de acceso a los anticipos del Fondo de Garantía y los procedimientos de abono y reembolso de los mismos.

3. LEY DEL IRPF

La segunda novedad normativa que se recoge en la reforma Fiscal, atañe al Impuesto sobre la Renta. En la misma, se reconoce el derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual al cónyuge que abandona la suya como consecuencia de algún proceso anteriormente citado.

De esta forma, en los supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación, el contribuyente podrá seguir practicando dicha deducción, en los términos que reglamentariamente se establezcan, por las cantidades satisfechas en el periodo impositivo para la adquisición de la que fue su vivienda habitual durante la vigencia del matrimonio, siempre que continúe teniendo esta condición para los hijos comunes y el progenitor en cuya compañía queden.

Revista jurídica y financiera Ref.418246 (05/04/2007)   No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: ""