Novedades fiscales en la Ley de Presupuestos Generales del Estado
1. Introducción
El pasado 30 de diciembre de 2005 se publicó en el Boletín
Oficial del Estado la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2006, en donde se incluyen una serie de medidas de carácter fiscal
que afectan fundamentalmente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
(IRPF), al Impuesto sobre Sociedades (IS), a los Impuestos Especiales, al
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
(ITP y AJD), a los Tributos Locales y a las Tasas.
2. Principales novedades
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Se actualizan los coeficientes del valor de adquisición de los
bienes inmuebles y de las amortizaciones contabilizadas correspondientes
al mismo, con el objetivo de reflejar y contrarrestar, en parte, los efectos
de la inflación.
- Además, se actualiza la escala general y autonómica (o complementaria)
del IRPF.
.- Impuesto sobre Sociedades
.- Impuesto sobre el Valor Añadido
- Se establece un nuevo caso de exención: la de los edificios (o
partes) destinados exclusivamente a viviendas o a su posterior arrendamiento
por entidades gestoras de programas públicos de apoyo a la vivienda
o por sociedades acogidas al régimen especial de Entidades dedicadas
al arrendamiento de viviendas establecido en el Impuesto sobre Sociedades.
.- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- Se actualizan las tarifas por transmisión y rehabilitación
de Grandezas y Títulos nobiliarios, y reconocimiento de títulos
extranjeros.
.- Tributos locales
- En el IBI, como regla general, se actualizan todos los valores catastrales
mediante la aplicación del coeficiente 1,02.
.- Tasas
- Se elevan los tipos de cuantía fija de las tasas de la Hacienda
Estatal hasta la cuantía que resulte de aplicar el coeficiente del
1,02, al importe exigible durante el 2005.
- Se actualiza la tasa por reserva del dominio público radioeléctrico
y general de operadores, las tasas aeroportuarias, la tasa de patentes,
y las tasas por servicios prestados por el Consejo de Seguridad Nuclear.
.- Actividades prioritarias de mecenazgo
- Los porcentajes y límites de las deducciones en las actividades
prioritarias del mecenazgo y las entidades beneficiarias, se elevan en el
porcentaje máximo autorizado del 5%.
.- Interés legal del dinero e interés de demora
Se fija el interés legal del dinero para el año 2005 en
el 4% y el interés de demora en el 5%.