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Novedades en el IAE, IBI, ICIO y fraccionamientos

1. Introducción

El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado novedades importantes que afectan al Impuesto sobre Actividades Económicas, el Impuesto sobre los Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y sobre los fraccionamientos.

2. Impuesto sobre las Actividades Económicas

El Ayuntamiento de Barcelona ha decidido aplicar una bonificación del 20% en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas de 2012 a aquellas empresas que hubieran incrementado en un 10% o más el promedio de trabajadores que forman su plantilla y que posean un contrato de trabajo indefinido. En todo caso, el incremento de plantilla tendrá que haberse hecho en 201 en relación a 2012 en los centros de trabajo de Barcelona.

Para disfrutar de esta bonificación será necesario que el contribuyente lo solicite antes del 1 de diciembre de 2012.

3. Impuesto sobre Bienes Inmuebles

El Consejo Municipal del Ayuntamiento de Barcelona aprobó el 23 de diciembre de 2011 la concesión de una bonificación equivalente al 50% de la cuota del impuesto sobre bienes inmuebles relativo a la vivienda habitual, a aquellas personas viudas, mayores de 65 años y con ingresos inferiores a 1’5 veces el salario mínimo interprofesional.

El Ayuntamiento de Barcelona también ha decidido ampliar la cobertura de las subvenciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para familias monoparentales. No solo serán beneficiarios de la subvención las familias con niños menores de 8 años, sino que la edad de los hijos se amplía hasta 21 años, o hasta 26 si están estudiando. La cuantía de esta subvención se calcula mediante una escala en función del valor catastral del inmueble.

4. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

El Ayuntamiento de Barcelona aplicará una bonificación del 30% de la cuota para Construcciones, Instalaciones y Obras realizadas en locales afectos al ejercicio de una actividad económica de la cual el sujeto pasivo sea titular, siempre que se den las siguientes circunstancias:

  • Que la actividad se hubiera iniciado antes de los dos años anteriores a la solicitud de la licencia de obras o urbanística.
  • Que se hubiera incrementado la plantilla en el municipio un 10% o más entre el ejercicio anterior a la solicitud de la licencia y el precedente.

5. Fraccionamientos

Se establece que, cuando se justifiquen problemas de tesorería, el Ayuntamiento de Barcelona no exigirá garantías a los fraccionamientos que no superen los 24.000 euros.

6. Conclusiones

El Ayuntamiento de Barcelona, sensible a la crisis económica, ha aprobado una serie de novedades que afectan al Impuesto sobre Actividades Económicas, al Impuesto sobre los Bienes Inmuebles, al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y a los fraccionamientos.

Revista jurídica y financiera Ref.691907 (19/12/2012)   No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: "" No se ha podido leer el archivo: ""