Novedades de la Ley de Jurisdicción Social
1-Introducción
La Ley 36/2011, de 10 de octubre, regula la nueva Jurisdicción Social, y entró en vigor tres meses después de su publicación en el BOE, es decir, el 11 de diciembre.
La norma aspira a ofrecer una mayor y mejor protección a los trabajadores y a los beneficiarios de la Seguridad Social, fortaleciendo la tutela judicial. Al mismo tiempo, se refuerza la seguridad jurídica del marco de encuentro entre los operadores sociales y económicos, como en la actuación de las entidades gestoras y colaboradoras de las prestaciones sociales.
Además, la nueva Ley persigue dotar a los órganos judiciales de instrumentos que agilicen los procesos de resolución de controversia, eviten abusos equilibrando la protección y tutela de los distintos intereses en conflicto y protejan mejor a los trabajadores.
Como principales novedades, entre otras muchas, se encuentran las siguientes:
- Se modifica el ámbito de conocimiento del orden jurisdiccional social, que se amplía, racionaliza y clarifica respecto a la normativa anterior. La Ley 36/2011, de la jurisdicción social concentra en el orden social, por su mayor especialización, el conocimiento de todas aquellas materias que, de forma directa o por esencial conexión, puedan calificarse como sociales. Así pues, se realiza para unificar el conocimiento de los conflictos y pretensiones que se produzcan en el ámbito labora, sindical o en el de la Seguridad Social.
- Otra de las novedades principales es la voluntad modernizadora del procedimiento. La presente Ley completa la modernización procesal en este orden, racionalizando y fijando un nuevo texto normativo consolidado y actualizado a la realidad de la organización actual del trabajo. Dentro de este punto se refuerzan los procedimientos de solución de conflictos extrajudiciales, la conciliación, la mediación y el arbitraje.
- Además, se añaden otras mejoras técnicas y adaptaciones a la normativa vigente que, en su conjunto, justifican esta iniciativa.
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