Modificado el Reglamento de la Ley de Auditoria de Cuentas
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica
el Reglamento de la Ley de Auditoría de Cuentas en lo que se refiere
al régimen de acceso al Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
Dicha modificación sustituye el sistema de exámenes anterior
y se pasará de convocatorias independientes, realizadas por cada una
de las tres corporaciones representativas de los auditores ejercientes, a
una convocatoria única a propuesta conjunta de las citadas Corporaciones,
previa aprobación por el Instituto de Contabilidad y Auditoría
de Cuentas.
Por otra parte, entre los requisitos exigidos para el ejercicio de la citada
actividad figura la prestación de fianza en garantía de la responsabilidad
civil ilimitada en que pudieran incurrir los auditores ejercientes y sociedades
de auditoría inscritas en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas,
cuyos requisitos deben ser modificados para procurar la adaptación
de dicha fianza a la situación real de la actividad aseguradora.
En ese sentido, se exige la duración de la garantía por las
reclamaciones que se planteen durante el periodo en que se desarrolle la actividad
de auditoría de cuentas y en el año inmediatamente posterior
a aquel en el que se cese en dicha actividad.
- Instituto de Censores Jurados de Cuentas.
- Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles.
- Consejo General de Colegios de Economistas.
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