1- Modificación y creación de modelos de IVA simplificado
Tras varios años de aplicación del mismo modelo 036, la nueva
orden 1274/2007 modifica éste y crea un nuevo modelo el 037. En el caso
del modelo 036, la reforma persigue el objetivo de poder adecuarlo a la normativa
vigente, al quedar ya ligeramente desfasado, y mejorar la información
relativa a los domicilios.
La reforma del modelo se articula de la siguiente forma:
Se actualiza las referencias legales de los campos a la normativa vigente.
Se reordena la información suministrada. En particular se pone en la
primera página las causas de presentación del impreso, dejando
para la segunda la información de los domicilios del obligado tributario.
Se amplían los campos referentes al domicilio, incluso para aquellos
obligados que tengan su domicilio fiscal en el extranjero.
Se amplían los campos referentes al domicilio, incluso para aquellos
obligados que tengan su domicilio fiscal en el extranjero.
Este modelo podrá presentarse por vía telemática o en papel.
2- Modelo 037
La segunda y última modificación que plantea la orden anteriormente
citada, hace referencia a la aparición de un nuevo modelo de declaración
censal, el MODELO 037, un modelo simplificado:
Así, podrán presentar la declaración censal simplificada
de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, profesionales
y retenedores, todas aquellas personas físicas que cumplan las siguientes
condiciones:
Tener asignado un NIF.
No actúen por medio de representante.
Su domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa.
No ser grandes empresas.
No estar incluidos en los Regímenes Especiales del IVA., excepto el Régimen
Especial Simplificado, Régimen Especial de Agricultura, Ganadería
y Pesca, o de Régimen del Recargo de Equivalencia.
No están inscritos en el Registro de operadores intracomunitarios, o
de exportadores y otros operadores económicos.
No realizan ventas a distancia.
No son contribuyentes de Impuestos Especiales, ni del Impuesto sobre Prima de
Seguros.
Y no satisfagan rendimientos del capital mobiliario.
Esta declaración censal simplificada sólo se podrá presentar
en papel. La orden que modifica los dos modelos entrará en vigor el 1
de Julio de 2007.