MODIFICACIÓN DE LA LEY DE IVA
Se ha aprobado la Ley 6/2006, de 24 de abril (BOE de 25 de abril), de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) para clarificar el concepto de vehículo destinado al trasporte de personas con minusvalía contenido en la misma ley. Esta modificación viene motivada tal y como se establece en el Preámbulo, a que se daban supuestos en los que se hacían "interpretaciones poco deseables y contrarios al espíritu que la inspiran".
La novedad reside en la nueva redacción de los artículos 91.Dos.1.4º y el artículo 91.dos.2 para aplicar el tipo superreducido del IVA a todas las operaciones de entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones, servicios de reparación o adaptación de vehículos para personas con movilidad reducida, con objeto de incluir todos los vehículos destinados al transporte de estas personas, con independencia de quién sea el conductor, siempre que sirva como medio de transporte habitual para personas minusválidas.