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Modelos para la solicitud de devolucion y comunicacion de datos adicionales para el IRPF de 2002

Los contribuyentes que no tengan que presentar declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2002 y que hayan soportado retenciones e ingresos a cuenta y efectuado pagos fraccionados superiores a la cuota líquida total minorada en el importe de las deducciones, por doble imposición de dividendos e internacional, podrán dirigir una comunicación a la Administración Tributaria, solicitando la devolución de la cantidad que resulte procedente. A estos efectos, la administración podrá requerir del contribuyente la presentación de una comunicación y la información y documentos que resulten necesarios para la práctica de la devolución.

Posiblemente, la comunicación que deben presentar los contribuyentes que no se encuentran obligados a presentar declaración, puede ir precedida de los datos que obren en poder de la administración tributaria. De esta manera, el contribuyente podrá comprobar si los datos que tiene la administración son los correctos, ya que si no se ajustan a la realidad puede regularizar estas diferencias mediante el modelo de comunicación de datos adicionales.

La comunicación deberá presentarse de forma obligatoria para todos los contribuyentes que perciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos no exentas o a los que deban imputarse rentas inmobiliarias derivadas de la titularidad de un único inmueble urbano distinto de la vivienda habitual.

No tendrán que presentar este documento de comunicación, si la Administración les remite un documento y sobre de retorno en el que consten relacionados los datos comunicados o declarados en el ejercicio anterior relativos a determinadas circunstancias.

La presentación de la solicitud de devolución y, en su caso, de la comunicación de datos adicionales deberá realizase entre los días 1 de marzo y 15 de abril de 2003

En el caso que el contribuyente presente la solicitud de devolución y resulte obligado a declarar, la Administración le comunicará la obligación de presentar la correspondiente declaración de la renta.

A efectos de aclaración los contribuyentes no obligados a presentar declaración y en su caso pueden presentar la solicitud de devolución son:

  • Aquellos que solo hayan obtenido durante el ejercicio determinadas rentas
  • Que hayan sido titulares de un único inmueble urbano, como máximo, de uso propio, aunque haya estado desocupado, distinto de la vivienda habitual, siempre que el valor catastral sea inferior a determinada cantidad:

  • Que no hayan realizado aportaciones a Planes de Pensiones o a Mutualidades de Previsión Social con derecho a reducir la base imponible del impuesto.

  • Que no hayan realizado inversiones en vivienda con derecho a deducciones de la cuota del impuesto.

  • Que no hayan obtenido rentas procedentes del extranjero con derecho a deducción por doble imposición internacional.
  • Revista jurídica y financiera Ref.78493 (01/03/2003)
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