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Novedades Legislativas Ref.418363 (01/08/2007)

Modelos de declaración del impuesto sobre sociedades

1. Modelos a presentar

En relación al modelo 201 será obligatoria su presentación por vía telemática de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades para aquellos declarantes que tengan la forma de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada.

Respecto al modelo 220, se incorpora la posibilidad de presentación voluntaria por vía telemática, manteniéndose la presentación en papel de preimpreso.

Las formas de presentación no varían respecto al año anterior para los modelos 200 y 225.

2. Documentación

El contribuyente deberá presentar conjuntamente con la declaración modelo 200, 201 o 225, bien mediante su introducción en el sobre de retorno que corresponda, o bien por vía telemática, los siguientes documentos:

2.1 Fotocopia de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal, en el caso de no disponer de etiquetas identificativas (solo presentación en papel).

2.2 Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, que incluyan en la base imponible determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes, deben presentar:

2.2.1 Balance y cuenta de pérdidas y ganancias.

• .2 Justificación de los impuestos satisfechos respecto de la renta positiva que deba ser incluida en la base imponible.

2.3. Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes incluirán, en su caso, la memoria informativa.

2.4. Los contribuyentes a quienes les haya sido aprobada una propuesta para la valoración previa de operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas, gastos de actividades de investigación y desarrollo, de apoyo a la gestión y coeficiente de subcapitalización, tendrán que presentar el informe que obliga el articulo 28 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

2.5. Comunicación de la materialización de inversiones anticipadas y de su sistema de financiación, realizadas con cargo a dotaciones futuras a la reserva para inversiones en Canarias.

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