Modelos de declaración del impuesto sobre sociedades
1. Modelos a presentar
En relación al modelo 201 será obligatoria su presentación
por vía telemática de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades
para aquellos declarantes que tengan la forma de sociedad anónima o sociedad
de responsabilidad limitada.
Respecto al modelo 220, se incorpora la posibilidad de presentación
voluntaria por vía telemática, manteniéndose la presentación
en papel de preimpreso.
Las formas de presentación no varían respecto al año anterior
para los modelos 200 y 225.
2. Documentación
El contribuyente deberá presentar conjuntamente con la declaración
modelo 200, 201 o 225, bien mediante su introducción en el sobre de retorno
que corresponda, o bien por vía telemática, los siguientes documentos:
2.1 Fotocopia de la tarjeta del Número de Identificación Fiscal,
en el caso de no disponer de etiquetas identificativas (solo presentación
en papel).
2.2 Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, que incluyan en la base
imponible determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes,
deben presentar:
2.2.1 Balance y cuenta de pérdidas y ganancias.
• .2 Justificación de los impuestos satisfechos respecto de la
renta positiva que deba ser incluida en la base imponible.
2.3. Los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes incluirán,
en su caso, la memoria informativa.
2.4. Los contribuyentes a quienes les haya sido aprobada una propuesta para
la valoración previa de operaciones efectuadas entre personas o entidades
vinculadas, gastos de actividades de investigación y desarrollo, de apoyo
a la gestión y coeficiente de subcapitalización, tendrán
que presentar el informe que obliga el articulo 28 del Reglamento del Impuesto
sobre Sociedades.
2.5. Comunicación de la materialización de inversiones anticipadas
y de su sistema de financiación, realizadas con cargo a dotaciones futuras
a la reserva para inversiones en Canarias.