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Los socios en el punto de mira de Hacienda

1-Introducción

El pasado mes de junio la Agencia Tributaria inició un envío masivo de propuestas de liquidación a socios de empresas.

En las citadas liquidaciones, relativas a IRPF y a IVA, se califican como rendimientos de actividades económicas en lugar de como rendimientos del trabajo los ingresos obtenidos por los citados contribuyentes.

Una vez más, Hacienda cambia de criterio sin aviso previo sabiendo que esta decisión afecta a un gran número de contribuyentes.

2-Estimación de los sujetos que pueden verse afectados

Los sujetos que pueden verse afectados son contribuyentes personas físicas, socios de empresas a las que prestan servicios.

El Registro de Economistas-Asesores Fiscales prevé que esta actuación de Hacienda pueda afectar hasta a un millón de socios.

Tomando como base unos ingresos de 30.000 euros, se estima que el golpe fiscal podría salirle a cada uno de los socios por 5.660 euros.

3- Argumentos empleados por Hacienda para elaborar las citadas liquidaciones

Para la elaboración de las citadas liquidaciones, Hacienda se basa en una consulta emitida por la Dirección General de Tributos (V1492-08) que determina que las retribuciones que perciben los socios de empresas se han de calificar como rendimientos de actividades económicas.

Analizando la consulta, es importante destacar que de su lectura se desprende que el citado criterio no se puede extender de un modo indiscriminado, sino que se debe atender a las circunstancias específicas de cada caso, hecho por el cual la fundamentación de Hacienda para este supuesto no es suficientemente sólida.

4-Configuración de las liquidaciones

Las liquidaciones son relativas a IRPF y a IVA.

Según Hacienda, cada socio debería facturar con IVA por el sueldo que percibe de la empresa ya que no lo reconoce más como un rendimiento del trabajo, sino como una actividad económica. Consecuentemente, tendría que hacer las correspondientes liquidaciones trimestrales. Además, hay que ajustar el IRPF de las rentas a las normas que determinan las actividades económicas.

5-Conclusiones

Fuentes cercanas afirman que Hacienda va a ofrecer una solución general para esta problemática en octubre.

Por otro lado, Hacienda se compromete a “frenar” el envío masivo de las citadas liquidaciones y a estudiar caso por caso las alegaciones que se vayan planteando. Esto no supone que el organismo vaya a anular las ya enviadas ni que se dejen de enviar nuevas, por ello es importante mantenerse alerta.

Revista jurídica y financiera Ref.676474 (04/10/2011)
 

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