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Los Plazos para la adopción de las NIIF

Una vez más, las autoridades económicas Españolas demuestran que nos gusta hacer las cosas despacio, aunque ello no sea garantía de hacerlo mejor.

El próximo 1 de Enero de 2007 es/era el plazo máximo para que nuestro país aplicase de lleno (ya lo hacen los grupos cotizados desde el 2005) las NIIF para todas las empresas.
Llegados a esta fecha, o casi, nos encontramos con que lo único que se ha hecho es debatir y lanzar informaciones vagas y un tanto contradictorias que siempre iban dirigidas a conseguir más tiempo. Desde luego, no es empresa fácil la de poner de acuerdo a todos los espectros políticos y económicos en algo tan importante, menos aún cuando los organismos encargados de ello (I.C.A.C., Ministerio de Economía, etc…) tienen mucho frentes abiertos y el reloj corre a una velocidad vertiginosa.

La verdad es que pocos creían que llegaría la fecha límite y que España habría realizado todas las adaptaciones necesarias a nivel contable, fiscal y mercantil. Estamos hablando de la publicación de un nuevo Plan de Contabilidad que sustituya al del REAL DECRETO 743/1990, de 20 de diciembre 1990, y que ha sido nuestra Biblia durante tantos años, la adaptación de la legislación mercantil (Código de comercio, leyes de Sociedades Anónimas y Limitadas) así como de la ley del Impuesto de Sociedades. Hay que reconocer que no es cualquier cosa. De momento, hemos conseguido dos cosas: que todos reconozcamos que necesitamos más tiempo y que aunque no sabemos cuando estará listo, todos somos conscientes de su importancia.

Noviembre 2006
Revista jurídica y financiera Ref.369212 (01/11/2006)
 

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