LOS CAMBIOS EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Reformas incorporadas para el
2002
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado aplicable el pasado
año, y en la Ley de Acompañamiento se incluyeron varias
reformas del impuesto:
La actualización de coeficientes de corrección monetaria
aplicables a la transmisión de bienes inmuebles.
La posibilidad de poder deducir de la base imponible de este impuesto
las cantidades donadas para actividades y programas prioritarios de
mecenazgo con un tope del 15% de la base imponible previa de esta
deducción.
Los incentivos a planes de pensiones. Se establece una deducción
del 10% en la cuota del Impuesto sobre Sociedades para las aportaciones
empresariales a planes de pensiones de empleo de los trabajadores
con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 euros.
Hubo un cambio en la tributación de las plusvalías
reinvertidas sustituyendo el régimen de diferimiento de la
tributación por una deducción del 17% en la cuota íntegra
del Impuesto sobre Sociedades.
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El plazo para efectuar la reinversión será el comprendido
entre el año anterior a la fecha de la puesta a disposición
del elemento patrimonial transmitido y los 3 años posteriores.
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No obstante se admite un régimen transitorio permitiendo seguir
con el sistema anterior a las Sociedades que tuvieran rentas acogidas
el sistema anterior, aun cuando la reinversión y demás
requisitos se produzcan a partir del 1 de enero de 2002.
Se amplió el régimen de incentivos fiscales aplicables
a las empresas de reducida dimensión hasta los cinco millones
de euros.
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Anteriormente, el límite era de tres millones. Las sociedades
incluidas tributarán en dos tramos, al tipo del 30% por la
parte de la base imponible hasta 90.151,18 euros y al 35% para la
base imponible restante.
El límite temporal para la amortización del fondo
de comercio se amplió de 10 a 20 años y pasó
de 10 a 15 años el límite temporal para la compensación
de pérdidas.
Reformas incorporadas para el 2003
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado se ha variado la
actualización de coeficientes de corrección monetaria aplicables
a la transmisión de bienes inmuebles.
En la Ley de Acompañamiento, también se han introducido
cambios:
Se aclararon los requisitos para aplicar la deducción en
la cuota para actividades de Investigación y Desarrollo y por
inversión en protección del medio ambiente además
de las efectuadas en bienes de interés cultural, producciones
cinematográficas y edición de libros.
En la Ley de Reforma parcial del IRPF:
Se suprimió el régimen de transparencia fiscal
para las Sociedades profesionales cuyas Sociedades tributaran
por el régimen general desde primero del año 2003.
Se creó el régimen fiscal especial de las Sociedades
Patrimoniales, sociedades de mera tenencia de bienes, inmuebles
o valores, cuyo tipo impositivo aplicable varía aplicándose
el 40% para la parte general e integrando los incrementos patrimoniales
realizados en más de un año en la parte especial
cuyo tipo de gravamen será del 15%.
El nuevo reglamento del Impuesto sobre Sociedades ha introducido
una modificación en el artículo que regula las excepciones
a la obligación de retener sobre los alquileres de locales
de negocio. Hasta ahora cuando el casero era una persona jurídica
que tenía viviendas por un valor catastral superior a 601.012
euros quedaba libre de la retención, mientras que desde el
1 de enero del 2003 se exige que cumpla además un segundo requisito
facturar más de un millón de euros al año.
Mayo 2003