Los alquileres no declarados de apartamentos turísticos, el próximo objetivo de Hacienda
1. Introducción
Es vox populi, que el sector inmobiliario ha sido tradicionalmente un sector atractivo para el fraude fiscal. Se advierte con este artículo que el alquiler no declarado de viviendas por periodos cortos y para uso turístico está en el punto de mira de Hacienda, habiendo sido calificado por sus técnicos como la última gran bolsa de fraude del sector inmobiliario.
2. Los alquileres en negro de apartamentos turísticos: un sector, hasta ahora, sin riesgo
Desde hace ya muchos años, los propietarios de viviendas arrendadas todo el año o, lo que es lo mismo, los arrendadores, declaran los rendimientos obtenidos en sede del IRPF, rendimientos que son calificados por la Ley del mencionado impuesto como rendimientos del capital inmobiliario.
Por su parte, los arrendatarios o inquilinos deben indicar la referencia catastral del inmueble que supone su vivienda habitual en la declaración de la renta, por lo que supone un alto riesgo para el arrendador no declarar la renta obtenida del alquiler.
Por otro lado, quienes tienen un piso arrendado todo el año disfrutan de unos beneficios fiscales de acuerdo con la Ley del IRPF que les permite deducirse hasta el 100% de las rentas obtenidas, hecho por el cual la declaración de los rendimientos obtenidos por este concepto no da lugar a múltiples omisiones en la declaración de la renta.
Sin embargo, eso no sucede en los alquileres de temporada. Según la asociación profesional de Técnicos de Hacienda Gestha, 1’2 millones de viviendas no principales se declaran como vacías y son susceptibles de estar siendo alquiladas en negro o bien cedidas a amigos y familiares que no declaran su uso como ingreso en especie. Esta misma asociación considera que los propietarios de dichas viviendas son personas que en su día cambiaron de vivienda y alquilan la antigua para pagar la hipoteca de la nueva o, por otro lado, personas de la tercera edad que completan la pensión de jubilación con el dinero que reciben del alquiler.
Estos arrendamientos suelen acordarse de palabra, realizando, en algunas ocasiones, un simple inventario que se destruye finalizado el arrendamiento de temporada.
Evidentemente, cuando un inquilino lo es por periodos muy cortos del año, un mes en verano, una o varias semanas (…), la Agencia Estatal de la Administración Tributaria no dispone de información acerca de la existencia de éstos como inquilinos, ni del privilegio de los datos que éstos facilitan en el marco de los arrendamientos para su uso como vivienda habitual. Pero dicho fraude tiene los días contados.
3. Los nuevos controles de la Agencia Tributaria
Desde marzo de 2.011, la Agencia Tributaria dispone de información sobre el consumo eléctrico, facilitada directamente por las compañías eléctricas. Esta información, cruzada con las referencias catastrales de las viviendas permitirá conocer si una determinada persona tiene algún inmueble de su propiedad arrendado.
Cabe indicar que las rentas que provienen de este sector son altas, ya que suele tratarse de apartamentos de costa, por lo que en agosto se podría incluso hablar de rentas de entre 3.000 y 4.000 euros mensuales.
4. Conclusiones
Si durante este año ha obtenido este tipo de rentas, se recomienda declararlas. La primera razón para hacerlo es la mencionada en este artículo: los nuevos controles que lleva a acabo la Agencia Tributaria que suponen un riesgo alto de ser regularizado y sancionado.
Otra razón es la concerniente a los beneficios fiscales que se obtienen: el casero puede desgravar los intereses del crédito si está pagando una hipoteca, así como también los gastos de conservación, seguro, IBI, comunidad de propietarios, el 10% de los gastos de mejora y el 2% del valor del inmueble como desgaste. También se prevén bonificaciones de hasta el 100% en función de las características del inquilino y, finalmente, una reducción del 50% del rendimiento neto si el inmueble es una vivienda.