¿Se puede pedir responsabilidad por los daños sufridos por el funcionamiento de la Administración?
La Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y Procedimiento Administrativo Común, reconoce el derecho de los particulares a solicitar la responsabilidad patrimonial de la Administración (indemnizados) por aquellas lesiones que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
Los requisitos para exigir esta responsabilidad son:
1.- Que le daño sea efectivo.
2.- Evaluable económicamente.
3.- Individualizado con relación a una persona o grupo de personas.
4.- Que no tengan el deber jurídico de soportar.