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La Ley de datos de carácter presonal y las empresas españolas

Cuatro años después a la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal aproximadamente sólo un 10% de las empresas españolas cumplen con los requisitos que esta Ley establece para la protección de los datos personales que éstas mantienen en su poder, requisitos que son de obligado cumplimiento, con lo cual y ante este porcentaje, puede apreciarse el desconocimiento que de esta Ley hay en nuestra sociedad empresarial.

Las multas que la Agencia Española de Protección de Datos interpondrá, entre 2004 y 2010, a ese 90% de empresas incumplidoras podrá ascender a la cantidad de 40 millones de Euros. Es curioso que la mayor parte de las empresas que acuden a los servicios de consultoría para la adecuación de sus bases de datos a la citada Ley lo hacen alegando el desconocimiento hacia la misma y su obligatoriedad, y tras haber sido notificados para una inspección por parte de la Agencia Española de Protección de Datos de Carácter Personal. Es de interés común al mundo empresarial que las sanciones económicas que establece la norma pueden llegar hasta el importe de 601.002 Euros, siendo el incumplimiento en nuestro país el que conlleva un castigo más duro a nivel de la UE.

La protección de los datos conlleva un reforzamiento de los sistemas informáticos que las empresas utilizan, ajuste que supone grandes esfuerzos materializados en importantes desembolsos, y en una labor de concienciación de la plantilla de las empresas y de los informáticos encargados de la adecuación técnica de la Ley a los requisitos que se establecen de los adecuados niveles de seguridad tanto de la misma sociedad como de los datos que ésta recoge.

Para ello, las sociedades deben realizar un estudio propio, de su organización, de sus posibilidades y alcance de la Ley a su estructura, preparando un adecuado cumplimiento de la Ley de tal modo que se permita una rápida gestión interna y un fuerte entorpecimiento a aquéllos ajenos a la empresa que intenten penetrar en sus bases de datos.

Con lo cual, la adecuación correcta a esta Ley supondrá una mejor gestión y tratamiento de los recursos informáticos de toda entidad, creando un nivel de seguridad adecuado pudiendo gestionar y simplificar trámites mediante el adecuado tratamiento de datos de carácter personal.

Junio 2004

Revista jurídica y financiera Ref.170061 (01/06/2004)
 

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