LA HUELGA
Ante la convocatoria
de una huelga general el próximo día 20 de junio, no está
de más recordar cuales son las obligaciones y derechos en estos
casos.
La huelga es un cese temporal y concertado del
trabajo, por iniciativa de los trabajadores, que puede tener por objeto
reivindicar mejoras económicas o de las condiciones de trabajo
y puede suponer también una protesta con repercusión en
otras parcelas.
El empresario no podrá interferir en la
decisión del trabajador a ejercitar su derecho. Se sancionará
administrativamente (por la sustitución de los trabajadores en
huelga o comúnmente denominado esquirolaje y por las acciones
u omisiones contrarias al derecho de huelga) e incluso penalmente (engaño
o abuso de situación de necesidad que la impidan o limiten).
Los efectos de la huelga legal a grandes rasgos
son:
Suspensión de la relación
laboral durante su duración.
Descuento del salario y sus complementos
del día o fracción de día y de la parte proporcional
correspondiente a las gratificaciones extraordinarias.
A efectos de Seguridad Social el trabajador
pasa a la situación de "alta especial" (asimilada
al alta ) pero se suspende la obligación de cotizar.
No es motivo de despido ni de sanción.
El empresario estará obligado a :
Presentar ante la Seguridad Social la relación nominal de trabajadores
cuyo contrato quede suspendido por el ejercicio del derecho de huelga, en
el plazo de 5 días naturales, a partir del siguiente al del cese en
el trabajo, y contendrá respecto de cada trabajador afectado:
Fecha
de cese en el trabajo.
Razones que motivaron la huelga.
Número de afiliación a la Seguridad Social.
Presentación,
siguiendo las pautas del punto anterior, de la comunicación de reincorporación.
Si la huelga sólo dura un día o fracción, se podrá
presentar conjuntamente la relación nominal de cese y reincorporación.
En el caso de la empresa trabajar por el Sistema Red de la Tesorería
General de la Seguridad Social la relación anterior de alta y baja
se efectuará por medios telemáticos a través de la aplicación
Winsuite.
Junio 2002