La figura de las “Stock Option” como modo de retribución
1- Concepto
La “stock option” es una retribución derivada del trabajo consistente en que una empresa ofrece a todos, o a parte de sus empleados, la opción de comprar un determinado número de títulos de la propia empresa, normalmente a un precio y en una fecha concreta. Llegada la fecha apuntada, el trabajador podrá, o no, ejercitar la opción de adquirir acciones.
Si el empleado ejercitase la opción y adquiriese acciones a un valor inferior al valor de mercado del momento de la compra, nos encontraríamos ante una retribución en especie.
La valoración de esta retribución en especie estará sujeta a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y consistirá en la diferencia entre el valor de cotización de la acción el día de ejercicio de la opción y la cantidad satisfecha por el trabajador.
2- Reducción aplicable en la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
En aquellos supuestos en que las “stock option” se consideren rendimientos irregulares, esto es, que tengan un periodo de generación superior a dos años (que se ejerciten pasados más de 2 años desde su concesión) y que no se obtengan de forma periódica o recurrente (que no se repitan en el tiempo) gozarán de la reducción del 40%, establecido para los rendimientos irregulares.
Esta reducción está sometida a un límite cuantitativo en el caso de las “stock option”, según el cual la cuantía del rendimiento sobre la que se aplica la reducción del 40% no podrá superar los 22.100 € para el año 2010 (importe resultante de multiplicar el salario medio anual del conjunto de los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el número de años de generación del rendimiento).
El límite máximo de la cuantía del rendimiento sobre el que se aplica la reducción del 40% se podrá duplicar cuando las acciones o participaciones adquiridas se mantengan, al menos, durante 3 años, a contar desde el ejercicio de la opción de compra, y que la oferta de opciones de compra se realice en las mismas condiciones a todos los trabajadores de la empresa, grupo o subgrupos de empresa.
3- Exención
La normativa que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas prevé para esta figura una exención de 12.000 € para aquellos casos en que las “stock option” no se considere retribución en especie, siempre que se cumplan los requisitos siguientes:
- Que las participaciones sean de la sociedad que los entrega.
- Que los Planes de “Stock Option” se lleven a cabo dentro de una política general de la empresa.
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Que el trabajador ejerciendo este derecho no obtenga una participación en la sociedad superior al 5%.
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Que el empleado mantenga las participaciones por un periodo de tiempo de 3 años.
Consecuentemente, si el valor de las acciones excediera de 12.000 €, el trabajador tributaría por el exceso.
4- Conclusiones
La entrega de forma gratuita o por precio inferior a mercado de acciones, o bien la entrega de “Stock Option” son fórmulas complementarias utilizadas en la retribución de los trabajadores.