Justificación de las exportaciones de bienes del transmitente
Como justificar las exportaciones de bienes por el transmitente?
Las exportaciones directa realizadas por el propio transmitente de los bienes
se conoce con la denominación de exportaciones directa.
1. La exención se condiciona a
• Que se trate de una entrega de bienes del artículo 8 de la LIVA.
• Que los bienes se transporten por el transmitente o por su cuenta fuera
de la CE.
• Que la salida efectiva de dicho territorio se realice conforme a la
legislación aduanera.
2. Justificación de la exportación
2.1 Si la Aduana de presentación del DUA coincide con la aduana de salida
efectiva de la mercancía al exterior de la CE:
• Factura que documenta la operación
• DUA correspondiente
2.2. Si la Aduana de presentación del DUA no coincide con la Aduana
de salida efectiva de la mercancía al exterior del territorio de la CE
( por ejemplo una aduana de carretera):
• Factura que documente la operación.
• DUA correspondiente, acompañado de alguno de los siguientes
documentos:
2.2.2.1.Certificado expedido por la Aduana de salida
2.2.2.2.Documento acompañamiento del tránsito
2.2.2.3.Documento TIR
2.2.2.4.Despacho de importación en el país no comunitario de
recepción.
2.2.2.5.Carta de porte internacional (CMR), visada por la Aduana de salida.
2.2.2.6.Ejemplar nº3 del propio DUA, sellado por la Aduana de salida
Enero 2008