¿Qué es la Inspección de Trabajo?
La Inspección de trabajo tiene como competencia esencial la vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social, competencia las responsabilidades que se deriven, así como para imponer las sanciones que en su caso corresponda.
La Inspección se estructura de la siguiente forma:
· Órganos de gestión:
* Autoridad central, dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales.
* Direcciones territoriales e inspecciones de trabajo provinciales que se insertan en las diferentes Comunidades Autónomas.
· Órganos de colaboración:
* Conferencia sectorial de asuntos laborales.
* Comisiones Territoriales de la Inspección de trabajo y Seguridad Social.
* Comisión de trabajo de la Conferencia Sectorial.
Por tanto su función principal es velar por el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y de los convenios colectivos en las siguientes materias:
· Ordenación del trabajo, relaciones sindicales y representantes de los trabajadores.
· Sistema de la Seguridad Social (Regímenes aplicables, afiliación , cotización, sistemas de mejora o complementarios, gestión, incidencias....)
· Prevención de Riesgos laborales.
· Empleo y migraciones: Colocación, empleo, desempleo, ETTs, Formación profesional ocupacional y continua, emigración, trabajo de extranjeros entre otras materias.
También la Inspección de trabajo tiene cometidos referentes a la asistencia técnica a los distintos colectivos de trabajo implicados en las relaciones de trabajo y emitir informes sobre las cuestiones planteadas.
Por último, la inspección, en los casos que señalen las leyes tienen funciones de mediación, arbitraje y conciliación.