¿Cuáles son las diferencias entre la incapacidad permanente total y la incapacidad permanente absoluta?
La Incapacidad Permanente Total es la que inhabilita al trabajador para la realización de todas las tareas fundamentales de su profesión habitual, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
La prestación consistirá en una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora. Cuando el beneficiario tenga cumplidos 55 años y no tenga empleo, se incrementará en un 20%.
La Incapacidad Permanente Absoluta es aquella incapacidad que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
La prestación consistiría en una pensión vitalicia del 100% de la base reguladora.